Pedófilo a prisión: "Lo importante es creerle a la víctima"

Te Creo Paraná se creó a partir del caso que recientemente obtuvo la sentencia de 10 años de prisión para el abusador de la hija de su pareja.
30 de octubre 2022 · 07:46hs

El miércoles pasado quedó firme la condena contra Juan Carlos V. por abuso sexual de su hijastra y debió presentarse en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná. Su pareja y madre de la víctima le preparó las cosas y lo llevó hasta la cárcel. Ella nunca le creyó a la niña que, un día, logró contarle lo que el padrastro le hacía, pero sí lo hizo a su abuela y luego a su padre, que denunció inmediatamente. Luego de tres años y medio de proceso judicial, pandemia de por medio, se logró una sanción de 10 años de prisión para el abusador.

“Lo más importante para destacar es que siempre hay que creerle a la víctima, porque son daños irreparables que se provocan a la víctima que no se le cree”, afirma Ivana Ayala, quien junto a otras familias creó la Asociación Civil Te creo Paraná, y en este caso acompañó al padre de la niña que sufrió abusos desde los 5 hasta los 11 años.

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El hombre de 38 años, oficial de albañil, no había estado preso pero sí con restricciones durante el tiempo que duró la investigación y hasta que se llegó al acuerdo de juicio abreviado, que fue homologado por el juez Mauricio Mayer. Se destacó la actuación de los profesionales del Consejo Provincial de la Niñez, la Adolescencia y la Familia (Copnaf) que señalaron la necesidad de que la niña fuera separada del hogar materno para que estuviera resguardada con su padre.

Denuncia e investigación

A los 11 años, la niña pudo decirle a su abuela paterna lo que venía padeciendo desde los cinco (entre 2012 y 2019) por parte de la pareja de su madre, quien la amenazaba de que su contaba algo le haría daño a su mamá.

Al día siguiente, el 27 de marzo de 2019, el papá se presentó en la Fiscalía de Atención Primaria a denunciar a Juan Carlos V. Al día siguiente, ya se contaba con el informe del Servicio de Guardia Permanente del Copnaf, quien sugirió el resguardo de la niña en el ámbito familiar paterno y así se dispuso. Tampoco hubo oposición del ámbito materno, ya que no le creían y aseguraban que la chica estaba siendo manipulada en razón de los problemas entre los padres.

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La fiscal de la Unidad de Violencia de Género y Abuso Sexual de Paraná, Ileana Viviani, comenzó a dirigir la investigación penal preparatoria. El 15 de mayo siguiente se realizó la declaración de la niña en cámara Gesell, donde corroboró lo que le había dicho a su abuela, con mayor precisión. Dos semanas después se hicieron las entrevistas en la Fiscalía al padre, la madre y otros integrantes del grupo familiar de la víctima. Además, la Fiscalía contaba con el de la médica forense Valeria Moyano Rodríguez y el informe del equipo interdisciplinario del Ministerio Público de la Defensa, sobre las entrevistas con la víctima, así como también de la psicóloga particular de la niña.

La Fiscalía indagó e imputó al acusado, a quien le impusieron medidas de restricción perimetral que nunca se infringieron. Con un gran caudal de pruebas, el caso fue enviado a juicio pero antes de esta instancia las partes acordaron realizar un procedimiento abreviado. A Juan Carlos V. no le quedó otra que confesar para evitar una condena mucho mayor, donde también la familia de la víctima estuvo de acuerdo, para a su vez evitar transitar por un debate.

Pruebas y sentencia

“Los sucesos históricos que describe la acusación fiscal han quedado demostrados racionalmente por las evidencias contundentes colectadas en la investigación”, sostuvo Mayer en la sentencia a la que accedió UNO.

El juez subrayó la situación particular que se dio en el ámbito familiar de la víctima: “La niña pudo relatar a su abuela paterna lo que estaba padeciendo desde hacía mucho tiempo. De allí que la abuela le relata los hechos a su hijo, padre de la niña. Nótese que cuando la niña le cuenta a su abuela el último suceso ocurrido ‘...el sábado anterior y que pasaba hacía años, que la había lastimado, aprovechando cuando ellos dos se quedaban solos en la casa’, quién decide apersonarse en Fiscalía y denunciar los hechos”.

Y agregó: “Tal como suele suceder en estos casos, en que se verifica abuso intrafamiliar por parte de algún miembro conviviente con la víctima, en el caso por quien era pareja de la madre de la niña y a la postre su padrastro, puede observarse que el progenitor no conviviente (el padre) resulta el adulto mayor que ampara y protege a la víctima, ya que con el hecho de denunciar, asume este involucramiento. Simétricamente, como los hechos denunciados son de una gravedad extrema, que conmueven la estructura de la convivencia familiar, la posición de la progenitora, es la negación de los hechos, descreimiento de los dichos de su hija, persiguiendo acallar el delito, explicando la denuncia por la mala relación con su expareja y padre de la niña, en aras de preservar la organización de vida”.

En este sentido, destacó: “La intervención del Copnaf aparece acertada dado que inmediatamente adopta una medida de protección consistente en entregar la guarda de la niña al padre, quien apareció en los abordajes profesionales como el progenitor que amparaba a la niña en su denuncia, el que le creyó”.

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En la valoración de las evidencias presentadas en el abreviado, Mayer señaló que “producido el testimonio bajo el dispositivo de cámara Gesell, la niña logró relatar los hechos padecidos con circunstancias de tiempo, modo y lugar de acaecimiento”.

Pero como “este tipo de delito se perpetra en la más absoluta intimidad, libre de la mirada de terceras personas (…) el análisis y valoración del relato de la víctima resulta el eje vertebrador de la confirmación de la hipótesis acusatoria”.

“Corresponde valorar la pericial psicológica que le fuera practicada del ETI del MPD, que concluye en confirmar que la niña explicita su exposición a escenas de victimización sexual por parte del denunciado, aporta detalles temporo espaciales de los mismos, amenazas para mantener el secreto, estrategias para acercarse, dolores físicos al momento de los supuestos hechos, y analizando el discurso informa que ‘se infiere introversión, temores, culpa, sentimientos de vergüenza en la niña y que al momento no se advierten indicadores que den cuenta de influenciabilidad de terceros’, todo lo cual confirma la consistencia del relato de la niña con los sucesos”, afirmó Mayer.

Finalmente, el hombre fue condenado a 10 años de prisión por los delitos de “Abuso sexual gravemente ultrajante y Abuso sexual con acceso carnal agravados por la situación de convivencia preexistente, en concurso ideal con promoción de la corrupción agravado por la convivencia”.

Te Creo

Hace alrededor de un año, un grupo de paranaenses viene trabajando en el asesoramiento a familias que atraviesan este tipo de situaciones, y recientemente obtuvieron la personería jurídica como Asociación Civil Te Creo Paraná. La gran mayoría de las personas no sabe qué hacer ni a dónde acudir en medio del cimbronazo que provoca conocer una situación tan grave.

“Somos varias familias que hemos pasado por lo mismo, somos autoconvocados para dar asesoría de cómo denunciar, dar apoyo a familias que no puedan pagar un abogado. Acompañamos desde las primeras instancias desde que la familia se entera hasta, desde cómo realizar una denuncia”, cuenta Ivana Ayala, referente de la Asociación.

“Nos contactan y nosotros ahí damos la intervención para la ayuda, en algunos casos de algunas familias que no sabían cómo realizar las denuncias las acompañamos hasta Fiscalía, o si tiene que realizar una cámara Gesell los acompañamos, no intervenimos en el espacio privado, pero queremos que se sientan acompañadas”, agregó.

Ivana actuó en el caso de la sentencia mencionada, quedaron muy conformes con la misma y destacó que “la Justicia escucha a los menores más que antes”.

En cuanto a su valoración sobre cómo fue el proceso judicial y los tiempos que llevó la causa hasta lograr una condena, dijo: “Si bien fue un proceso doloroso, estaba ese papá con esa nena y la compañía de su abuela paterna, los tiempos de la justicia no son siempre como uno quisiera, pero fue bastante rápido. Hay que destacar cómo se comportó la fiscal con ese papá, de escucharlo, siempre que iba lo atendían los fiscales Ileana Viviani e Ignacio Barrandeguy”

Ivana sostiene que Te Creo Paraná se conformó para poner en el centro la palabra de las víctimas: “Creer y la prevención, la educación sexual, es lo más importante, en esos ámbitos es donde más causas salen a la luz, o porque los chicos comentan en la escuela”, aseguró.

Consultada acerca de por qué cree que, en el caso mencionado, la niña pudo a los 11 años contarle a su abuela paterna lo que sucedía, Ayal explicó: “Yo creo que primero es la confianza que uno le da al chico para hablar de determinadas cosas. Segundo, la contención que se le da y por supuesto que sepa que le van a creer. Muchas veces está el miedo de pensar ‘no me van a creer’ o ‘yo soy culpable de esta situación’”.

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