La defensa de Juan Ruiz Orrico pidió reducir su condena y citó la causa Coimas de Urribarri

Ante el STJ, la defensa de Juan Ruiz Orrico pidió reducir su condena de 5 años y 8 meses. Para justificarlo, comparó su caso con los abreviados de la causa Coimas.

11:31 hs - Miércoles 23 de Septiembre de 2026

La defensa de Juan Ruiz Orrico, extitular del Instituto Portuario de Entre Ríos, solicitó ante a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) la morigeración de su condena impuesta en marzo de este año por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay. Aquel tribunal le aplicó la pena de 5 años y 8 meses de cárcel por haber causado el choque que terminó con la vida de cuatro jóvenes trabajadores.

El trágico hecho ocurrió durante la madrugada del 20 de junio de 2024, cuando un Volkswagen Passat oficial conducido por Ruiz Orrico impactó de frente contra un Chevrolet Corsa en la Ruta Provincial 39, entre Caseros y Herrera. En el vehículo viajaban Brian y Lucas Izaguirre, Leandro Almada y Axel Rossi, todos oriundos de Basavilbaso, quienes fallecieron en el acto.

La audiencia estuvo presidida por los vocales de la Sala Penal del SJT, Miguel Ángel Giorgio, Claudia Mizawak y Daniel Carubia. Por la defensa estuvieron los abogados Leopoldo Lambruschini y Félix Pérez. Por la Fiscalía se presentó el Procurador General Jorge Amílcar García; y por la querella Mario Arcusin.

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"Las dos sentencias se apartan del derecho vigente"

La defensa de Orrico atacó la sentencia de primera instancia, como así también el fallo de julio de la Cámara de Casación Penal de Concordia que la confirmó. Remarcó que ninguno de los pronunciamientos tuvo en cuenta tres atenuantes: la confesión del ilícito, la pena natural y la reparación económica a los familiares de las víctimas.

Entre los fundamentos, se remarcó que en otros casos las confesiones del delito por parte del imputado fueron más valorados y se les redujo casi un 40% la pena solicitada por Fiscalía. Como ejemplo, citó los juicios abreviados en la causa Coimas, donde están imputados el empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros y el exgobernador Sergio Urribarri. En dicha causa, hubo exfuncionarios que accedieron a abreviados (en referencia a Guillermo Smaldone, Luis Erbes, Miguel Ulrich y José Flores) y recibieron una pena condicional tras confesar los hechos. En el pedido de elevación a juicio, la Fiscalía pedía penas de prisión efectiva de entre tres a cinco años de cárcel.

Según registró UNO, el abogado Leopoldo Lambruschini destacó que "tanto la confesión, como la reparación del perjuicio y la pena natural, tienen un fundamento común: son equivalentes funcionales de la pena estatal. Las dos primeras en su dimensión simbólica y la última en su dimensión afectiva. Las dos sentencias al tratar estas cuestiones se apartan del derecho vigente y la dogmática".

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Y explicó: "Al tratar la confesión, la reparación y la pena natural, el Tribunal de mérito reconoció la confesión como atenuante, pero al momento de valorarlo lo infravaloró. Invocaron tres razones incorrectas: la primera razón es que en este caso no hubo un juicio abreviado. Es decir, que la confesión habría valido más si se hubiese dado en un juicio abreviado. La confesión no vale más o menos por el procedimiento, sino por lo que significa".

En esa línea, agregó: "El razonamiento que hicimos es más que sencillo: a igual confesión, igual consideración jurídica en el sentido de la atenuación. La segunda razón invocada para no darle lugar, fue que Orrico no se allanó a las pretensiones de la querella, que pedía el máximo de la pena. Nos preguntamos, ¿de dónde sale este requisito que en el marco de una confesión uno tiene que allanarse a la pretensión de la querella? No surge de la Ley, ni del Código Procesal Penal. Es un requisito que ha creado el Tribunal".

"La tercera razón invocada por el Tribunal es la gravedad del ilícito. Acá nuestro agravio tiene que ver con lo siguiente: la teoría del delito se ordena por niveles de análisis que tienen que seguirse para determinar la pena. Primero se pregunta cuánta pena merece un hecho por su gravedad. El tribunal ubicó el caso en el máximo penal posible, de seis años de prisión. Después hay una segunda pregunta sobre cuánta pena hace falta conforme a las necesidades preventivas, y ahí juegan los atenuantes. El problema es que, en este caso, se neutralizaron los efectos atenuantes producto de no seguir un análisis estratificados", ahondó.

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La comparación con los abreviados en la causa Coimas

En otro pasaje, Lambruschini comparó el peso de la confesión en la causa Orrico y el valor que tuvo esa conducta por parte de exfuncionarios en la causa Coimas, que vieron una notable reducción del pedido de pena por admitir los hechos. "A los efectos comparativos, en la causa Urribarri-Cardona Herreros, por el delito de peculado, que tiene una escala penal máxima de diez años de prisión, en los juicios abreviados, esa confesión se tradujo en una reducción del 40% en un caso y del 36% en otro respecto de la pretensión fiscal en el requerimiento de elevación de la causa a juicio, con cambio de modalidad de la pena", detalló.

"En el caso de Orrico, todos los atenuantes la confesión, la falta de antecedentes penales, redujeron cuatro meses, por sobre los 72 meses del máximo de la escala. Es decir, el 5,5% fue lo que se le redujo a Orrico por su confesión. Sostenemos que el mismo criterio jurídico se aplica de modo desigualdad. Hay una violación del principio de igualdad ante la ley. La Casación no contestó ninguna de nuestras críticas".

Por último, refirió que Orrico ofreció a los familiares de las víctimas una suma de 150 millones de pesos, en concepto de reparación del daño (el cual fue rechazado), pero que tampoco fue tenido en cuenta por los tribunales inferiores. "Casación dice que el tribunal de juicio valoró esta reparación de modo extenso, pero esto no surge de la sentencia. Es una referencia al pasar y lo hace en sentido desfavorable. No hay una conclusión que reconozca o admita la reparación con alguna significación atenuante, pese a que la ley dice será tenido en cuenta". Con esos argumentos, la defensa del exfuncionario solicitó una reducción mayor de la pena impuesta.