Denuncia anónima, investigación y condena a una pareja por narcomenudeo

Mónica Godoy y Juan Alberto Villagra recibieron cuatro años de prisión por vender cocaína en un almacén en San Benito
18 de febrero 2018 · 23:46hs
"Aquí despensa" decía el cartel de un local ubicado en calle Gobernador Quiroz, de la localidad de San Benito. En realidad, era la fachada de un kiosco de droga. La certeza inicial la tenía un vecino que, cansado de que contaminen a los jóvenes de la zona, radicó una denuncia anónima ante la Unidad Especial de Investigaciones y Procedimiento Judiciales Paraná de Gendarmería Nacional. La misma derivó en una investigación, posterior allanamiento y detención de la pareja que desarrollaba el negocio ilícito. La semana pasada ambos fueron juzgados y condenados por el Tribunal Oral Federal de Paraná a cuatro años de prisión efectiva por narcomenudeo.
Se trata de Mónica del Carmen Godoy, de 38 años, quien dijo ser ama de casa, y de Juan Alberto Villagra, un hombre de 43 años, nacido en Hernandarias, quien se identificó laboralmente como vendedor ambulante.
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Los gendarmes efectuaron tareas de investigación y con un cúmulo importante de evidencias, el juez federal de Paraná Leandro Ríos autorizó el allanamiento en el domicilio de Quiroz y Presidente Aguado de San Benito, el 26 de marzo de 2016. El resultado fue el hallazgo de 77 bochitas de nailon que contenían cocaína (16,78 gramos), escondidos en unos ladrillos de una pared del living comedor, un triturador de marihuana, gran cantidad de bolsas de nailon y 23.181 pesos.
En el debate, el fiscal general José Ignacio Candioti valoró las pruebas de la causa y acusó a los imputados como coautores de la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Por su parte, los defensores se abocaron más a plantear nulidades de la causa.
La defensora de Villagra, Corina Beisel, sostuvo que debía ser anulada la declaración indagatoria del hombre, en la que confesó haber vendido droga pero desligó a su mujer de la actividad delictiva. La abogada planteó que había declarado por consejo de su anterior representante legal. Sin embargo, el juez Roberto López Arango remarcó que "situaciones como la presente, en que son imputados como coautores los integrantes de una pareja, ante la contundencia de la prueba de cargo, el hombre asume la responsabilidad para mejorar la situación de su consorte, sea para lograr su absolución o al menos una participación secundaria más levemente penada, habitualmente porque existen hijos menores que requieren su atención".
En tanto, el defensor de Godoy, Marcos Rodríguez Allende, pidió la nulidad del procedimiento de Gendarmería, porque la investigación no contó con el contralor judicial. Dijo que fueron tareas de inteligencia "realizadas a espaldas del juez", y por lo tanto siendo inválidas por violar el principio de defensa en juicio".
El fiscal replicó que no es cierto lo que afirmó el abogado porque existen constancias en el expediente de que la primeras tareas se ejecutaron el 9 de setiembre de 2015 y fueron puestas en conocimiento del juez el día siguiente. Más luego existe un segundo informe al que se le provee "por recibido, hágase saber a la fuerza de que cuenta con facultades autónomas para investigar debiendo comunicar a este Juzgado el inicio y los avances".
El presidente del tribunal le dio la razón al fiscal al sostener que el juez siempre estuvo en conocimiento de lo actuado.
Por esto, López Arango concluyó que "todo conduce a sostener que está acreditado que ambos encartados poseían droga (cocaína) en estado de ser comercializada",
Finalmente, el juez condenó a Godoy y Villagra a cuatro años de prisión efectiva, que el hombre cumple en la Unidad Penal N° 1 y la mujer en carácter de arresto domiciliario debido a que debe cuidar de sus hijos.
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