Martes 25 de Julio de 2023
La defensa de Facundo Siegfried, quien en febrero de este año fue condenado por el femicidio de Alejandra 'Rucu' Silva, solicitó la absolución ante la Cámara de Casación Penal de Paraná. En segundo término, en caso que no se conceda la misma, peticionó una considerable reducción de la pena: de prisión perpetua a 8 años de cárcel.
Augusto Diego Lafferriere, abogado del joven de 27 años, fue quien expuso los argumentos contra la sentencia condenatoria dictada en febrero por los jueces Alejandro Grippo, Gervasio Labriola y Walter Carballo. El planteo fue presentado este martes ante la Cámara de Casación Penal de Paraná, integrada por los jueces Gustavo Pimentel, María del Luján Giorgio y Darío Perroud.
De la audiencia también participaron el fiscal Gonzalo Badano y el abogado querellante Javier Aiani, quienes solicitaron se confirme en todos sus términos la sentencia de primera instancia.
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En el juicio, Siegfried fue encontrado culpable del delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por violencia de género. La víctima, Alejandra María Leonor Silva, alias Rucu, tenía 28 años y era madre de dos niñas. En el proceso se consideró que Siegfried era pareja de Silva, y por ello se agravó su condena.
El crimen ocurrió el 24 de septiembre de 2018, alrededor de las 19 -el día de su cumpleaños-, cuando la joven recibió un disparo de arma de fuego en la cabeza. El crimen fue en una casa ubicada en calle Dugratty, en barrio El Morro, de Paraná, en una calle de tierra que a la izquierda tiene la casa de la familia del imputado y lugar del hecho, y a la derecha una barranca.
Planteos defensivos
En el recurso de Casación, la defensa de Siegfried atacó la sentencia de primera instancia. En primer lugar expresó que no está probada la autoría del hecho, es decir, que haya sido su defendido quien disparó contra Silva; y, en segundo término, señaló que el acusado no tenía una relación de pareja con la joven, por lo cual consideró que, de confirmarse la condena, debería aplicársele el delito de homicidio simple, con una pena de ocho años de cárcel.
El abogado Lafferriere sostuvo que "no se tienen certezas ni siquiera de cómo fue el hecho, quién tenía el arma, quién disparó y adónde fue efectuado el disparo (si afuera de la casa o adentro) y, ante este cúmulo de dudas, no se puede sostener una pena de prisión perpetua". "Es más, ni siquiera un homicidio simple se encontraría acreditado con certeza", agregó en el recurso al que accedió UNO.
Subrayó que el día del hecho su defendido no estaba en el momento en que Silva sufrió el disparo. "Él no estaba. Ese día él se levantó como a las dos de la tarde, estaban ellos (Alejandro F., 'Rucu' y Martín Siegfried). Él se levantó y se fue a comprar algo para comer con su sobrino, cocinó, comieron ahí, después se acostó y después escuchó disparos porque su cuñado lo levantó diciéndole que estaban disparándole a la casa de un vecino, que ponían botellas arriba de un tapial para disparar", ahondó.
Y agregó: "Él agarró y salió afuera y les dijo que se dejen de joder y le contestaron 'bueno, bueno' y al rato de nuevo se escucharon unos disparos y, cuando él sale, ella ya estaba tirada en el piso, estaban Martín y Alejandro, los dos al lado. Él se quedó ahí nomás. No llamó a nadie, agarró y se metió para adentro porque estaba con arresto domiciliario".
En ese punto, el defensor indicó que su defendido señaló a Martín Siegfried, su hermano, como el autor del crimen de Silva. Y refirió que el día del crimen vio que su hermano estaba con el arma que terminó con la vida de la joven.
Por otra parte, el defensor planteó que debe descartarse el agravante basado en la “relación de pareja” entre Siegfried y Silva. Y reiteró lo expresado durante el juicio: que su defendido no tenía una relación con la joven y que, por el contrario, tenía otra pareja que incluso dio su testimonio en la investigación penal preparatoria, pero que no fue llevada a debate.
Por esas razones, el letrado peticionó la absolución e inmediata libertad de su defendido.
Por otra parte, el abogado se refirió a la posibilidad de que, en caso de que Casación no dicte la absolución, que aplique una reducción de la pena. Aseguró que "no siendo aplicable ninguna de las dos agravantes que sostuvo la sentencia, no cabe otra que (en un caso eventual de culpabilidad y por tanto de condena), aplicar la figura simple del homicidio".
Consideró que si Casación entiende que el caso encuadra en un homicidio simple la pena que le correspondería a su defendido es de ocho años de prisión efectiva. "Desde esta Defensa se propone, en una eventual hipótesis condenatoria, la determinación punitiva en el mínimo legal de ocho años de prisión efectiva, comprensiva de la anterior condena dictada por el delito de comercialización de tóxicos (de cuatro años de prisión efectiva)", indicó.