Excluyen de la matrícula a abogado tras seguidilla de ataques violentos y condena penal

El Colegio de la Abogacía excluyó de su matrícula a Flavio Steven tras ser condenado a tres años de prisión condicional por una serie de delitos violentos.

14:12 hs - Martes 23 de Junio de 2026

El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER) tomó una medida ejemplar ante los hechos de extrema violencia protagonizados por uno de sus miembros en la localidad de Cerrito.

A través de la Resolución Nº 37.173, el Consejo Directivo de la institución resolvió la exclusión de la matrícula del letrado Flavio Gabriel Steven, identificado con la Matrícula Nº 9379, de la Sección Paraná. Esta decisión administrativa surge tras la notificación de una sentencia penal condenatoria que inhabilita al profesional para el ejercicio de la abogacía hasta que se cumplan las penas impuestas por la justicia.

La medida del CAER fue adoptada el 29 de mayo de 2026, tras recibir la notificación de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) de Paraná con la copia de la sentencia en el legajo "Steven Flavio Gabriel S/ Coacciones". El fallo, dictado el 15 de mayo de 2026, declaró a Steven autor material y responsable de una multiplicidad de delitos. Entre los cargos se encuentran daño, violación de domicilio, coacciones agravadas, lesiones en concurso real, amenazas simples, lesiones graves en grado de tentativa y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil.

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Como consecuencia de este proceso penal, que se resolvió mediante la homologación de un juicio abreviado, el abogado de 31 años fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. Además del cumplimiento de normas de conducta, se le impuso el pago de una multa de mil pesos, conforme a lo estipulado por el Código Penal.

La exclusión de la matrícula profesional, comunicada formalmente el 8 de junio, se fundamenta en la Ley 10.855, que regula la situación de los abogados condenados a penas privativas de la libertad. La resolución del Colegio establece que la sanción debe ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y en diarios de la zona para conocimiento público.

Los hechos violentos

Los hechos que llevaron a a esta situación la carrera profesional de Steven, quien se desempeñaba de forma libre en la abogacía, describen un comportamiento violento sistemático entre febrero de 2024 y abril de 2025.

El primer incidente de gravedad ocurrió el 26 de febrero de 2024. En aquella ocasión, Steven se presentó en el domicilio de una mujer en Cerrito e irrumpió violentamente tras romper la puerta de ingreso a patadas. Una vez dentro, el abogado utilizó un arma de fuego de puño para amenazar a la víctima, exigiéndole de forma coactiva el pago de una supuesta deuda de honorarios profesionales. Durante el ataque, la mujer fue agredida físicamente, sufriendo lesiones en el rostro y las piernas.

La violencia del profesional no se detuvo y escaló significativamente en abril de 2025. El día 3 de ese mes, Steven protagonizó un incidente de intimidación contra un hombre por un conflicto derivado del arrendamiento de un campo. Sin embargo, el hecho más brutal ocurrió apenas 24 horas después.

El 4 de abril, Steven utilizó su camioneta Toyota Hilux como un arma, embistiendo de manera intencional el automóvil de otro hombre. Tras el impacto, el abogado descendió de su vehículo armado con un machete, con el cual atacó a la víctima. El hombre sufrió heridas cortantes en el brazo y el hombro como resultado de esta agresión, que la justicia calificó como lesiones graves en grado de tentativa.

La investigación judicial, liderada por la Fiscalía, culminó con un allanamiento en la vivienda del letrado, autorizado por el juez de Garantías Mariano Budasoff. Durante el operativo, las autoridades policiales secuestraron dos revólveres calibre .32 largo, de marcas Dillon y Tango. Las pericias confirmaron que ambas armas estaban en condiciones de funcionamiento, pero Steven carecía de la autorización legal obligatoria para su tenencia.

El cierre del proceso penal bajo la modalidad de juicio abreviado implicó que el ahora exmatriculado reconociera su autoría en los hechos descritos. Como parte del acuerdo, se fijaron estrictas normas de conducta por un periodo de dos años, que incluyen la prohibición absoluta de acercarse o amedrentar a las víctimas.

En términos económicos, se dispuso una reparación de 200.000 pesos para la mujer que fue agredida en su domicilio. Asimismo, la justicia ordenó la condonación total de la deuda por honorarios que la víctima mantenía con el abogado, la cual había sido el detonante del primer ataque violento.

La Resolución