Ley de Alquileres: diputados entrerrianos de JxC celebraron
Luego de la media sanción, legisladores de Entre Ríos destacaron como positivos los cambios propuestos a la Ley de Alquileres.

Miércoles 23 de Agosto de 2023

Varios diputados entrerrianos de Juntos por el Cambio celebraron la media sanción que obtuvo este miércoles, en la Cámara baja nacional, la modificación de la Ley de Alquileres. En tanto, los integrantes del Frente de Todos votaron en contra.

La propuesta aprobada y enviada al Senado contempla la reducción de tres a dos años de la duración de los contratos y la actualización del precio cada cuatro meses o más, entre otros cambios.

La Cámara de Diputados de la Nación debatió el proyecto de ley que propone modificaciones a la Ley 27.551 sobre Alquileres, que contó con un dictamen de mayoría firmado por el Frente de Todos y otro de minoría, que lleva las firmas de Juntos por el Cambio e Identidad Bonaerense. En este caso fue aprobado el dictamen de minoría presentado por la oposición por 125 votos afirmativos,112 negativos y tres abstenciones.

Uno de los que expresó su satisfacción por el resultado de la votación fue el radical Atilio Benedetti, quien reemplazó a Rogelio Frigerio tras la reciente renuncia de éste para dedicarse de lleno a la campaña electoral. "Creemos que con esto hemos dado un paso significativo para destrabar este mercado que afecta a tantas familias argentinas", expresó Benedetti en las redes sociales.

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Gabriela Lena destacó dos cambios puntuales de la Ley de Alquileres: "Logramos la derogación de los dos artículos que más complicaciones generaban en el mercado de alquileres. Lo conseguimos frente a los intereses del kirchnerismo y los liberales, quienes pretendían mantener todo igual. Definitivamente no les importa el sufrimiento de los argentinos".

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Por su parte, Marcela Antola resumió así la sesión: "Hoy, en @DiputadosAR, dimos media sanción al proyecto que modifica la Ley de Alquileres. Logramos: reducir el plazo de alquiler de 3 a 2 años; permitir el ajuste por intervalos no menores a cuatro meses; incluir incentivos fiscales para reactivar el mercado de alquileres".

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Desde el oficialismo, antes de la sesión se había expresado Marcelo Casaretto, en contra de las modificaciones impulsadas por la oposición. En declaraciones a una radio de Buenos Aires, Casaretto defendió el dictamen del Frente de Todos, que no logró ser aprobado: "Incorporamos algunos incentivos impositivos en nuestro dictamen de mayoría para que los propietarios alquilen. Nos oponemos a derogar la ley, sería dejar inermes a los inquilinos".

El texto con media sanción

La iniciativa aprobada establece que “en los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a 4 meses”.

En tanto, “para los ajustes, las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.

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Además, el proyecto vuelve a dos años el plazo mínimo legal de los contratos e incorpora una serie de incentivos para promover la oferta de viviendas en el mercado.

En relación a los beneficios fiscales, se contempla una reforma del régimen de monotributo para que quienes tengan tres unidades de explotación, “en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados” se considere como “una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma”.

También exime de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler y contempla una modificación al impuesto a los débitos y créditos bancarios -más conocido como impuesto al cheque- para que estén exentas aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.