La jueza Josefina Etienot será juzgada por maltrato laboral desde el 26 de mayo

El Jurado de Enjuiciamiento rechazó un recurso de la jueza Josefina Etienot para frenar el jury en su contra. El debate comenzará el 26 de mayo.

16 de mayo 2025 · 08:59hs

El Jurado de Enjuiciamiento rechazó por unanimidad el recurso de revocatoria de la juez y ex viceintendenta de Paraná, Josefina Etienot, en el cual solicitaba la caducidad del Jury en su contra, abierto por violencia laboral. Se ratificó así la continuidad del proceso presunto maltrato laboral que tendrá el inicio del debate el 26 de mayo.

Para fundamentar su posición el Jurado de Enjuiciamiento se apoyó en su propia jurisprudencia: “La exigencia que el Tribunal sesione con la totalidad de sus miembros obedece a la necesidad de garantizar la participación de todos los estamentos que conforman el órgano encargado de evaluar la actuación del magistrado o funcionario denunciado y asegurar a los sometidos a proceso que la decisión que se adopte no estará influida por el enfoque parcial de algunos de los sectores que integran el tribunal. Es precisamente una garantía establecida expresamente en favor del enjuiciado”.

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En relación a la caducidad de instancia planteada por Etienot Jurado sostuvo: “El objetivo de la caducidad regulada en el artículo 43 de la ley de enjuiciamiento es evitar que el procedimiento se transforme en un mecanismo de presión, sometiendo a un juez o jueza natural a que quede en un limbo durante mucho tiempo porque ello compromete su imparcialidad y podría afectar la garantía de independencia judicial… Sin embargo, de ninguna manera puede transformarse en un mecanismo que funcione a favor de la impunidad que significa una ausencia de pronunciamiento, ya que sería entonces fácil efectuar toda clase de presentaciones por parte de la persona que está siendo sometida a enjuiciamiento, requerir sucesivas decisiones del órgano jurisdiccional, para luego aprovecharse de tal situación y denunciar el vencimiento del plazo”.

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Josefina Etienot fue viceintendenta de Paraná entre 2015 y 2019.

Josefina Etienot fue viceintendenta de Paraná entre 2015 y 2019.

LEER MÁS: Suspendieron a la jueza Josefina Etienot y presentaron una denuncia ante el HJE

Más argumentos contra sus planteos

Respecto al plazo y las suspensiones, el Jurado de Enjuiciamiento sentenció: “…entendemos que dicho plazo no es inmune a suspensiones o extensiones, lo que queda demostrado con el mismo artículo cuando admite, punto y seguido mediante, la posibilidad de prórroga hasta un año frente a la ‘suspensión del debate’, término que puede asimilarse a las presentes ya que éste (el debate) no pudo iniciarse con fundamento en la ausencia de integración provocada por las presentaciones recusatorias de la enjuiciada. Se destaca aquí que la doctora Etienot tiene, en el marco de su derecho de defensa, la potestad de efectuar todas las presentaciones que crea necesarias para el ejercicio de su derecho, sin embargo, no puede, luego, pretender beneficiarse de tal legítimo ejercicio para invocar un plazo instituido por otras razones“.

Por otra parte, se entendió que “como lo reconoce la propia magistrada, nada dijo frente a la decisión de Presidencia que suspendió los plazos mientras el jurado no estuviere integrado, la que no fue recurrida y por el contrario, se realizaron una serie de presentaciones de su parte luego de tal acto, que implican convalidar aquella decisión que ahora deviene cuestionada, lo que resulta extemporáneo“.

Desarrollando otros argumentos más, realizando un detallado repaso del expediente y las presentaciones, invocando citas doctrinarias y jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su respaldo, el Jurado de Enjuiciamiento decidió “rechazar el recurso interpuesto y mantener la fecha establecida en la resolución para el inicio del debate”.

La denuncia

Cabe recordar que en septiembre de 2023, el STJ aprobó una información sumaria y resolvió denunciar ante el Jury a la magistrada. También se dispuso su suspensión en el cargo con goce de haberes. La medida, fue adoptada por resolución del Tribunal de Superintendencia.

"La decisión se funda en el resultado y las pruebas agregadas en la información sumaria, iniciada por disposición del Tribunal de Superintendencia el 15 de agosto último; con el objeto de establecer causas y circunstancias de sucesos ocurridos en el juzgado de Familia y Penal de Niños, Niñas y Adolescentes de Diamante en el marco de una causa, así como toda circunstancia para establecer la eventual existencia de patrones de violencia institucional y laboral, sean o no en razón del género y del funcionamiento del organismo en cuestión y de sus integrantes", se informó entonces desde el máximo tribunal provincial.

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