La normativa establece que el mérito y la idoneidad son los únicos criterios válidos para ingresar a la planta permanente de la Administración Pública
14:00 hs - Martes 16 de Junio de 2026
El gobierno de Entre Ríos implementó oficialmente un nuevo Régimen General de Concursos que regula de manera estricta el acceso y la promoción en la administración pública.
La normativa establece que el mérito y la idoneidad son los únicos criterios válidos para ingresar a la planta permanente, anulando cualquier designación arbitraria previa.
El proceso de selección se divide en tres etapas evaluativas que incluyen un examen de oposición, la valoración de antecedentes y una entrevista personal. Además, el decreto introduce una reválida obligatoria cada tres años para quienes ocupen cargos de jefatura, asegurando la competencia continua en las funciones de mando. Aunque la medida busca saldar una deuda histórica de transparencia, ha generado reacciones divididas entre los distintos sectores sindicales de la provincia. Con esta reglamentación, se pretende garantizar la igualdad de oportunidades y poner fin definitivo a los nombramientos discrecionales en el Estado.
Publicación
A partir de su publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno provincial puso en marcha un marco regulatorio estricto que establece el mérito y la idoneidad como únicos requisitos para el ingreso y ascenso en la Administración Pública.
Este martes 16 de junio de 2026, mediante la publicación en el Boletín Oficial Nº 28.355, entró formalmente en vigencia el Régimen General de Concursos de la Administración Pública en la provincia de Entre Ríos. La normativa, refrendada en Acuerdo General de Ministros, busca saldar lo que el texto oficial califica como una "deuda histórica", dado que el concurso público es una garantía consagrada en la Constitución provincial desde 2008 que no había sido reglamentada de forma efectiva hasta la fecha.
Blindaje contra la discrecionalidad
La nueva norma alcanza a la Administración Central, así como a organismos descentralizados y autárquicos. Uno de los puntos más contundentes del decreto es la declaración de "insanablemente nulas" para todas aquellas designaciones en planta permanente que se realicen sin concurso previo,. El Poder Ejecutivo tendrá la potestad de declarar dicha nulidad de oficio, procediendo al archivo inmediato de las actuaciones para evitar ingresos discrecionales.
Sistema de evaluación
El proceso de selección, que podrá ser abierto a la comunidad o cerrado para el personal actual, se estructurará en tres etapas eliminatorias y puntuables sobre un total de 100 puntos conformado por un examen de oposición (50 puntos), es de carácter obligatorio y excluyente, y evaluará conocimientos técnicos y contenidos mínimos; Valoración de antecedentes (30 puntos), calificará la experiencia laboral, nivel educativo y capacitaciones vinculadas al puesto. En este rubro, se otorgará un puntaje específico al personal transitorio o contratado que ya presta servicios, reconociendo sus años de permanencia en el Estado. Por último una entrevista personal (20 puntos), realizada por el organismo solicitante con participación sindical para evaluar competencias conductuales.
Control periódico de jefaturas
El régimen introduce una novedad importante respecto a los cargos de conducción (Jefaturas de División o Departamento). Estos no serán permanentes ni inamovibles; por el contrario, al cumplirse tres años del nombramiento, el agente deberá someterse a una evaluación de reválida de funciones. En este proceso se analizarán los puntajes obtenidos durante su ejercicio para determinar si mantiene la aptitud e idoneidad para el cargo.