Sábado 14 de Octubre de 2023
Este viernes el Boletín Oficial oficializó la Ley N° 27.733, conocida popularmente como Ley Johanna, que garantiza la atención médica a mujeres y personas gestantes que deban atravesar la muerte perinatal de sus hijos.
La legislación aplicará en las personas gestantes desde la semana 22 del embarazo hasta siete días posteriores al nacimiento con el objetivo de capacitar obligatoriamente a los profesionales de la salud en la atención y contención, tanto de pacientes como familiares, que sufran una muerte perinatal. En este marco, el sistema de salud -tanto público como privado- deberá facilitar los tratamientos terapéuticos necesarios y acompañar en las gestiones burocráticas, así como brindar un canal de consultas.
Esta normativa nació por pedido popular y fue impulsada por Johanna Piferrer, una mujer argentina que atravesó la muerte perinatal de su hijo a las 33 semanas de embarazo y denunció a su prepaga y el sanatorio donde se atendió por violencia obstétrica. "Entendí después que esta problemática era totalmente tabú, el sistema de salud no sabía que hacer con las que tenemos que parir a un hijo muerto. Nosotras nos salimos del mandato de la maternidad color de rosa, de la idea de 'dar a luz', entonces nuestras historias no encajan en ningún estereotipo de maternidad", afirmó Johanna más tarde en una entrevista.
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Para evitar situaciones como las que atravesó Piferrer, se garantizará a las mujeres y personas gestantes el derecho a ser informadas sobre las intervenciones médicas y terapéuticas existentes para atravesar el proceso y se les dará la libertar de optar por todas las alternativas disponibles, así como un trato respetuoso que asegure la intimidad del duelo.
Otra garantía que enumera la legislación, será la opción de tomar contacto con el cuerpo sin vida del bebé durante el tiempo que se crea necesario para despedir al ser querido. Asimismo, se podrá requerir el acompañamiento de un psicólogo/a durante la despedida y se deberá informar al paciente sobre métodos de inhibición o donación de leche materna. Por otro lado, las personas gestantes podrán elegir ser acompañadas por un familiar o persona en particular o, incluso, no contar con compañía durante el duelo.
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Finalmente, aquellas instituciones, profesionales médicos y/o colaboradores que se nieguen a poner en marcha el protocolo que especifica la ley, serán sancionados por tratarse de una falta grave y la condena será establecida de acuerdo a la responsabilidad civil o penal que los acusados pudieran tener.