El Ministerio de Trabajo de la Provincia dictó una resolución que regulará el trabajo artístico infantil, convirtiéndose en la quinta administración laboral en el país en reglamentar el procedimiento de autorización y control de dicha actividad.
Reglamentaron en Entre Ríos la autorización para el trabajo artístico infantil
La primera autorización fue concedida al niño artista Franco Peletti, quien junto a su madre y representante, fue recibido por el ministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, para rubricar el acta.
"Si bien existía una normativa que regula el trabajo infantil y adolescente, resultaba imprescindible en el ámbito provincial el dictado de una herramienta que reglamentara pormenorizadamente el trámite de las autorizaciones individuales y el control del trabajo de niñas y niños en actividades artísticas, de modo que estas últimas no colisionen con el derecho a la educación, al desarrollo, al esparcimiento y al juego" explicó el ministro de Trabajo y presidente de la Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil (COPRETI), Guillermo Smaldone.
“Ahora, el Ministerio de Trabajo, no solo será la autoridad de aplicación de la normativa vinculada al trabajo de menores en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos, también tendrá la facultad de certificar la autorización que los padres o tutores otorguen a sus hijos para realizar trabajo artístico en los términos del Artículo 8 del Convenio 138 de OIT ratificado por ley 24650, y podrá también denegar las peticiones que se realicen sin cumplimentar los requisitos establecidos en la Resolución que hemos dictado” detalló el Ministro de Trabajo.
Y agregó: “Así también, el Ministerio autorizará la extensión de la jornada de trabajo contemplada en el art. 190 de la LCT, para el trabajador adolescente que así lo solicite. Facultando a tal fin a los Delegados Departamentales, conforme a la jurisdicción territorial, teniendo especial consideración que aquellas que no cuenten con equipo técnico requerirán instrucciones a la Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo infantil (COPRETI)”.
A nivel nacional, solo Salta, Córdoba, Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contaban con una reglamentación como la que ahora presenta Entre Ríos, convirtiéndose en la quinta administración laboral en regular el trabajo artístico de los niños.
En estas jurisdicciones, las reglamentaciones fueron surgiendo a medida que crecía la actividad artística infantil en cada una de ellas; la primera que elabora un reglamento es la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, luego lo hizo la provincia de Buenos Aires, mas tarde se sumo Córdoba y finalmente la provincia de Salta; pero siempre como resultado de una importante actividad artística de los niños en esas provincias.
Hay que destacar que en nuestra provincia, “la decisión de reglamentarlo surge del compromiso por parte del Gobierno en la prevención y erradicación del trabajo infantil, y la protección del trabajo adolescente, mediante la fiscalización preventiva” afirmó Smaldone.
Finalmente, expresó su alegría al ver que a nivel nacional se tiene presente la seriedad y responsabilidad con que se viene trabajando la problemática en Entre Ríos, diciendo que “diferentes productoras del país se han comunicado al Ministerio para consultar qué tramites o requisitos deben cumplir para poder realizar su actividad en la provincia, esto nos pone realmente muy contentos. Indudablemente tienen claro que en Entre Ríos, no solo se está concientizando fuertemente a la sociedad, también se regula, se controla y se sanciona a quien no respeta las normas que reglamentan el trabajo infantil y adolescente”.
Trabajo Artístico
Trabajo artístico infantil es todo aquel que implique la participación de niños y adolescente en actividades publicitarias, desfiles o modelaje, participación en obras de teatro y en producciones cinematográficas y televisivas, exhibiciones musicales o de danza, y cualquier otro espectáculo que implique la exposición pública de menores, incluyendo la selección de talentos y/o ensayos.
“Ahora, en Entre Ríos, todas estas participaciones deberán estar autorizadas previamente por el Ministerio de Trabajo, que solicitará una serie de documentación y requisitos entre los que se destacan: jornada laboral en el horario comprendido entre las 6 y 20 con una extensión máxima de 4 horas diarias y 16 semanales; descanso semanal; y certificado de escolaridad, entre otros” detalló el Ministro.
En Argentina se admite el trabajo de los niños, niñas y adolescente en actividades artísticas, en virtud de haber ratificado por la Ley N° 24.650/96 el Convenio OIT N° 138 sobre la edad Mínima de Admisión al Empleo o Trabajo, que tiene jerarquía constitucional, cuyo art. 8 establece que la autoridad competente podrá conceder, por medio de permisos individuales, excepciones a la edad mínima de admisión al empleo o trabajo, cuando estos tengan finalidades tales como participar en representaciones artísticas. Estos permisos, aclara el art. 8, deberán prever una limitación en el número de horas del empleo y establecerán las condiciones en que pueda llevarse a cabo.
Al respecto, Smaldone manifestó "queremos que nuestros niños puedan participar en la vida cultural y artística, pero consideramos prioritaria su protección contra cualquier tipo de trabajo que pueda dificultar su educación o ser nocivo para su desarrollo, por ello, la autorización para las actividades artísticas debe ser otorgada con carácter restrictivo, preservando la integridad psicofísica de las niñas y los niños”.
Primera autorización concedida
La primera autorización fue concedida al cantante Franco Peletti, quien junto a su madre y representante, fue recibido en la sede del Ministerio de Trabajo, previa invitación del ministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, para rubricar el documento.
“Franco es un claro ejemplo del niño que tiene un talento y tiene derecho a desarrollar toda su potencialidad, pero esto se debe hacer protegiendo y preservando su integridad psicofísica, su derecho a la educación, al desarrollo, al esparcimiento y al juego” sostuvo Smaldone, y agregó: “Es una excelente muestra de cómo se deben hacer las cosas, sin dejar de ser y vivir como un niño, Franco podrá seguir desarrollando toda su potencialidad como artista, y mostrando su gran talento”
Durante el encuentro mantenido entre Peletti, su madre, su representante y el Ministro de Trabajo, además de firmar la autorización para trabajar artísticamente, se dialogó sobre la problemática del trabajo infantil y los perjuicios que esto trae a los niños trabajadores, se les entregó la ley 26.390, la cual establece la prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente en Argentina y folletería sobre la temática.
Resolución 513/12
Mediante la Resolución 513/12, el Ministerio de Trabajo de Entre Ríos queda facultado para expedir autorizaciones, no solo para que los niños trabajen artísticamente, sino también, para que lo hagan en empresas familiares los niños mayores de 14 años y menores de 16 años, y asimismo, podrá autorizar a los adolescentes mayores de 16 y menores de 18 años a celebrar contrato de trabajo con autorización de sus padres.
“Creemos firmemente en una política de Estado y Gestión, que cambie el paradigma del Ministerio como órgano meramente de inspección, por ello la Resolución también establece como monto el máximo de la sanción si un niño fuese encontrado en infracción a la ley laboral” explicó el Ministro de Trabajo, y completó “el objetivo primordial de este Ministerio es aplicar políticas que tiendan a garantizar la promoción, restitución y protección de los derechos vulnerados de los niños con el fin de prevenir y erradicar el trabajo infantil, por eso, la Resolución prevee además, que la recaudación de esta sanción será utilizada para la distribución de recursos educativos, culturales y recreativos entre aquellos niños que se hayan encontrado trabajando, con la finalidad de fomentar la educación y erradicar el trabajo infantil en nuestra provincia”.