Los familiares de las 74 víctimas fatales de la tragedia aérea de Austral en Fray Bentos, frente a Gualeguaychú, tuvieron que esperar 16 años para que la causa sea elevada a juicio oral y público. La dilatada investigación tiene a 26 imputados, entre integrantes del Directorio y gerentes de la compañía aérea así como personal de la Dirección Nacional de Aeronavegabilidad (DNA) y del Comando de Regiones Aéreas (CRA).
Un comandante de Gualeguay a juicio por la tragedia de Austral
Todos fueron procesados por el delito de Estrago doloso. Entre los acusados se encuentra un entrerriano: el comandante de la Fuerza Aérea Andrés Arribillaga, a quien le endilgan una participación secundaria, por haber actuado como instructor de vuelo de los pilotos del avión que se estrelló sin tener la habilitación correspondiente ni haber hecho las prácticas de entrenamiento que las normas demandaban.
El Juzgado nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, a cargo del juez Sebastián Roberto Ramos, ordenó la clausura de la instrucción y la elevación a juicio de la causa caratulada “Austral Líneas Aéreas”, que reúne las pruebas del accidente aéreo ocurrido el 10 de octubre de 1997, cerca de Fray Bentos, Uruguay. La aeronave Douglas DC-9-31 se estrelló durante el recorrido del vuelo 2.553 que había partido del aeropuerto de Posadas con destino al Aeroparque Metropolitano. El siniestro ocasionó el fallecimiento de 74 personas (todos sus tripulantes y pasajeros).
Instructor sin entrenamiento
En el dictamen de 162 páginas, el juez Ramos afirmó: “La estructura organizacional de la empresa Austral demuestra que a la época de producción del siniestro investigado existía una clara presión económica, ejercida hacia los pilotos, para que estos pilotearan las aeronaves en cualquier condición o circunstancia, aún a riesgo de la seguridad aérea y de sus propias vidas y la de los restantes tripulantes y pasajeros”.
En este marco es que, según el juez, la Dirección de Fomento y Habilitación de la Fuerza Aérea Argentina otorgó habilitación de instructor de vuelo al comandante Andrés Arribillaga, de la empresa Austral, bajo un régimen de excepción, invocando su calidad de “Experto en Seguimiento de la Seguridad Operacional”. Pero este permiso fue otorgado sin que se cumpla un requisito fundamental: cumplir con el mismo entrenamiento periódico necesario que para desempeñarse como piloto. “Por decisión de la Comisión Asesora de Licencias de Funciones Aeronáuticas Civiles (Calfac), Andrés Arribillaga fue eximido de tal requisito”, sostiene el juez Ramos.
Por esto, afirmó: “En definitiva, ni Austral podía emplear a Arribillaga como instructor, ni este podía desempeñarse con ese cargo en dicha empresa”. En este sentido, Ramos imputó al comandante gualeyo: “Conociendo las limitaciones que le impedían ejercer tal función, lo hizo, brindando a Jorge Cécere y a Horacio Núñez (comandante y copiloto, respectivamente, del avión que cayó) aquel entrenamiento cuyas deficiencias incrementaron el riesgo a tal punto que derivó en el accidente aéreo”. Y concluyó, citando al fiscal: “Arribillaga se desempeñó como instructor y las falencias de adiestramiento resultaron determinantes para que, en oportunidad en que Cécere y Núñez operaran la aeronave LV-WEG bajo condiciones meteorológicas y técnicas especiales, el riesgo se haya visto incrementado”.
Esto significó, para Ramos, “otra circunstancia que acredita la existencia de un sistema degradado en materia de seguridad aeronáutica respecto de instrucciones y capacitaciones de los pilotos”.
Argumentos defensivos
La defensa de Arribillaga niega que el comandante haya tenido algún tipo de responsabilidad en el hecho, por lo cual afirmó que las pruebas fueron forzadas en su contra, y mencionó que poseía suficiente entrenamiento en vuelo y en simulador, así como también en relación con lo dispuesto por la Calfac, que se lo había eximido de un curso equivalente.
Además, el abogado defensor remarcó que el acusado “continuó efectuando cursos recurrentes y de evacuación de emergencia en los años 1996 y 1997”, y adjuntaron el cronograma de entrenamientos y cursos que habría efectuado el excomandante de Austral.
Al respecto, el juez contestó que estas cuestiones sean planteadas en el juicio oral y público.
¡Dios mío, nos matamos!
En el expediente se detalla, segundo a segundo, el diálogo del comandante y el copiloto del avión estrellado con Ezeiza: a las 22 horas 9 minutos y 42 segundos, Horacio Núñez exclama: “¡Dios mío, nos matamos!”. Menos de un minuto después, a las 22:10:27, la aeronave impacta contra el terreno y explota.
El vuelo iba desde Posadas hasta Aeroparque. Debieron sortear una tormenta, pero entre otros puntos, el comandante y el copiloto no recibieron la capacitación suficiente para afrontar esta adversidad.
“Aquel suceso del 10 de octubre de 1997”, fue “la conclusión trágica de una oscura historia de irregularidades e incumplimientos”, afirmaron el fiscal y el juez.













