Se aplicará un protocolo para recibir testimonios a niños, niñas y adolescentes en procesos de Familia

Se considerará a niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho y no como objeto de prueba, resguardando su privacidad y brindándoles un trato digno y comprensivo.
3 de marzo 2019 · 19:37hs
A partir de marzo, y en todo el territorio provincial, los testimonios de niños, niñas y adolescentes en procesos de Familia serán recibidos conforme un Protocolo de Buenas Prácticas para la Escucha. Así lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) el 12 de febrero pasado, cuando celebró el primer Acuerdo General de 2019.

La recepción de testimonios se regirá por una serie de reglas y principios. Se considerará a niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho y no como objeto de prueba, resguardando su privacidad y brindándoles un trato digno y comprensivo, evitando indagar sobre aspectos reservados a su intimidad.
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A través del Protocolo se reconoce que "todo niño, niña o adolescente tiene capacidad para formar su opinión y tiene derecho a expresarla libremente", debiendo ser tenidos en cuenta su edad, género, etnia y condición personal. También que se perturbe su cotidianidad lo menos posible, para lo cual se efectuarán los ajustes que se estimen necesarios.

Al ser citados a declarar se les consignará a los niños, niñas y adolescentes que se trata de un derecho, pero que no están obligados a dar su testimonio. La citación será redactada en forma clara y sencilla, debiendo ser presentada en el domicilio en el que se encuentre residiendo.

La escucha a niños, niñas y adolescentes será ante un representante del Ministerio Público, su abogado/a o una persona de su confianza. Y en caso de que la Magistratura lo considere oportuno, también podrá incorporarse un integrante de los Equipos Técnicos Interdisciplinarios (ETI).

La audiencia tendrá un registro audiovisual y el sistema comenzará a grabar cuando niños, niñas y adolescentes brinden su consentimiento. Será después de que la Magistratura informe, en un lenguaje coloquial y sencillo, sobre el motivo de la convocatoria al Juzgado.

La audiencia podrá suspenderse cuando la Magistratura lo considere pertinente. Y previo a la finalización preguntará a niños, niñas y adolescentes sobre lo que quisieran "que pase en relación a los temas tratados, dando lugar a que expresen sus deseos en relación a los mismos y evacuando sus consultas al respecto".

Según lo dispuesto los niños, niñas y adolescentes deberán permanecer el menor tiempo posible en los Tribunales, "concurriendo al sólo propósito de participar de la audiencia". A tal fin el Protocolo estipuló un lapso máximo de 40 minutos.

Además se estableció la confidencialidad del material, que no podrá ser copiado ni remitido a otros organismos judiciales, con excepción de la Fiscalía con competencia penal "si del contenido surge la posible comisión de un delito perseguible de oficio".
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