Ratificaron el procesamiento de Francisco Marín por homicidio culposo

Nuevo revés judicial para el psicólogo, que está procesado además por el delito de usurpación de títulos y honores. Está a un paso del juicio oral.
30 de junio 2018 · 15:52hs
La Cámara de Juicios y Apelaciones de Paraná, integrada por Gustavo Pimentel, José María Chemez y Alejandro Grippo, resolvió rechazar el planteo de apelación a la figura del Homicidio culposo contra el psicólogo Francisco Marín, por lo cual se ratificó su procesamiento por este delito y el de Usurpación de Títulos y Honores, en el marco de la investigación por la muerte de Horacio Eyssartier ocurrida el 31 de diciembre de 2012. Con todos estos elementos el médico quedó a un paso del juicio, ya que en todas las instancias procesales la estrategia de su defensa sufrió distintos reveses.


El dictamen unánime de los tres camaristas viene a ratificar que existe una "responsabilidad provisoria" en esta instancia. "Como querellantes estamos muy satisfechos porque hemos superado todas las instancias procesales que fueron puestas como una suerte de obstáculos. Pasó mucho tiempo en demostrar efectivamente que Marín no solo había usurpado títulos como se encuentra probado, sino que avanzamos por la problemática más importante, que era demostrar que un médico cometió una mala praxis y eso configura un homicidio culposo. Esto se demostró en base a las distintas informaciones científicas realizadas a través de las pericias, donde la jueza de Transición como los tres camaristas decidieron que el procesamiento se encuentre firme", expresó el querellante Marcos Rodríguez Allende.


Pruebas decisivas El desempeño profesional en el campo de la Medicina de Marín siempre estuvo en el eje de la discusión. El desenlace trágico del caso del joven Eyssartier expuso con crudeza la modalidad de trabajo y de atención a sus pacientes que ejercía el psicólogo, que hoy son parte de un voluminoso expediente. Entre las principales irregularidades que se demostraron con pruebas surge su costumbre de no llevar historia clínica de sus pacientes.
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"Quedó absolutamente demostrado que Marín jamás llevó una historia clínica, que era necesaria para la enfermedad de Horacio Eyssartier, donde deben constar las evoluciones e inconvenientes que a través de los años fueron surgiendo", recordó el abogado que asesora a la familia de la víctima. La jueza de Transición, María Gabriela Garbarino, había advertido que el procesado se apartaba de los protocolos médicos, no solo por no llevar la historia clínica de sus pacientes, sino que además no realizaba los dosajes necesarios de sangre para conseguir un equilibrio justo de la medicación que le suministraba a Eyssartier.

Al respecto, Rodríguez Allende marcó que "la medicación que estaba tomando no fue la causa de la muerte, sino que lo que provocó su deceso fue lo insuficiente que era esa medicación. Es lo que generaron las convulsiones, y no fue una sola, sino que durante varios años sufrió distintas convulsiones, con lo cual Marín desoyó los reclamos de toda la familia". Tras haberse desestimado el planteo defensivo, la causa será girada al juzgado interviniente, quien deberá notificar a la Fiscalía y a la querella para que se realice la audiencia de elevación a juicio.

"Luego pasa al juez Pablo Vírgala, quien va a entender en el juicio de las dos causas", apuntó el representante de la acusación privada. Cuando llegue a la etapa de juicio oral y público, y por tener que afrontar dos causas, el procesado en caso de recibir una condena que va de los dos a los cinco años de cárcel efectiva. La causa se inició en 2012 por una denuncia por mala praxis iniciada por sus familiares, que después de un largo peregrinar esperan que de una vez por todas se haga justicia.
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