Prueba por prueba, la absolución en el caso Gisela López

El tribunal que declaró la inocencia de los acusados divulgó los fundamentos de la sentencia del juicio
24 de mayo 2017 · 08:47hs
El Tribunal de Juicio que la semana pasada dictó la absolución de los acusados de abusar sexualmente y asesinar a Gisela López en Santa Elena, dio a conocer los fundamentos de la sentencia por los cuales sostienen que Mario Saucedo, su hijo Elvio y Matías Vega son inocentes.
Analizaron dos puntos principales: por un lado, el lugar donde fue asesinada la víctima, y por otro si los acusados son los autores del hecho.
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Los jueces Ricardo Bonazzola, José María Chemez y Lía Van Dembroucke, sobre la escena del crimen aseguraron que fue el mismo lugar donde la víctima de 19 años fue hallada sin vida, en la zona conocida como El Bajo, a metros de donde la habían raptado, "descartando de plano toda posibilidad del traslado de la misma hacia la casa de Mario Saucedo para someterla sexualmente, darle muerte y trasladarla nuevamente al lugar, como postula el Ministerio Público Fiscal".
Par esta conclusión, valoraron tres puntos principales: 1) "La forma en que fue hallado el cuerpo de la víctima denota un ataque brutal, sorpresivo y apresurado, ya que el conjunto probatorio ilustra que Gisela se encontraba a medio desvestir". 2) "Le dieron muerte en ese mismo lugar utilizando un elemento allí disponible y perteneciente a la propia víctima -el cordón negro de una de sus botas-". 3) "El cadáver permaneció siempre apoyado sobre el lado izquierdo, con el tórax y la cabeza en posición más baja que el resto del cuerpo, posición en la que fue encontrado. La hipótesis de un traslado del cuerpo debe decirse que si fue así, en el sitio donde permaneciera en un primer momento debió estar también el cuerpo recostado sobre su lado izquierdo (y con la cabeza y el tórax más bajos). Con un detalle que debe tenerse en cuenta: debió permanecer allí al menos 18 a 24 horas, y luego depositarse en el suelo donde fue encontrado, exactamente en la misma posición, lo que resulta absurdo".
Tal como anticiparon al momento de adelantar el veredicto, los jueces afirmaron que "no se ha comprobado que los acusados sean los autores del hecho. Así, las escasas y débiles pruebas arrimadas al juicio impiden destruir el estado constitucional de inocencia del que goza todo ciudadano sometido a proceso".
Sobre las pruebas objetivas, el tribunal refirió, entre otros, tres puntos principales: 1) "Existe una prueba genética de ADN que arrojó el hallazgo de un patrón genético masculino de las muestras obtenidas en el cuerpo de Gisela, que no pertenece a ninguno de los tres acusados y que casi con seguridad llevaría al autor de este hecho". 2) "Algunos de los elementos pilosos de los acusados comparten algunas características entre sí y con algunos de los levantados en el lugar del hecho, aclarándose en los informes que 'el cotejo de pelo constituye solo un análisis de orientación y no una prueba de certeza dado a que una persona no solo puede poseer muchas variaciones en sus elementos pilosos, sino que puede compartir estas características con otras personas'. La única manera de afirmar si pertenece o no a una persona es mediante un análisis de ADN". 3) Tampoco se obtuvieron pruebas incriminatorias en los rastrillajes efectuados en una amplia zona, con canes adiestrados, ni en los procedimientos en las viviendas de Saucedo padre e hijo".
Por último, los jueces analizaron cada testimonio que "contrastados entre sí y con el resto del material probatorio, se advierte que carecen de entidad, fuerza probatoria y de la consistencia necesaria para fundar una sentencia de condena".
En este sentido, refirieron a los "tres testigos de los momentos previos al hecho que visualizaron caminando a Gisela y un hombre detrás", de los cuales dos habían declarado inicialmente que ese sujeto era de cabello rubio, y una cuarta "que no ha sido traída como testigo al juicio". Los testigos de oídas o de referencia, fueron desvirtuados entre sus mismas declaraciones. Aquellos que escucharon gritos de una mujer aquella noche, los cuales no se pudo establecer que hayan sido de la víctima ni de la noche del ataque. Y los aportados por la defensa, que concuerdan con los relatos de los imputados y con las pruebas objetivas de las pericias de los celulares.
A partir de ayer comenzó a correr el plazo para que la Fiscalía presente el recurso de Casación donde atacará el fallo absolutorio.

Carta abierta y duras críticas
Distintas organizaciones de la ciudad de Santa Elena difundieron una carta abierta "a los responsables de la creciente inseguridad e impunidad", tras el fallo que absolvió a los acusados de matar a Gisela López. "Las dudas, incertidumbres y miedos que nos invaden nuevamente a todos los ciudadanos ante tanta injusticia, nos llevan a levantar la voz y revelarnos ante determinadas circunstancias que son un caldo de cultivo para que sigan ocurriendo hechos de esta índole, sin esperanza alguna de que lleguen a su fin en lo inmediato", sostuvieron.
"¿Cómo es posible que, dados los notables avances científicos y tecnológicos, tanto de la medicina forense como de las técnicas de investigación, haya transcurrido un año sin que se encuentren las pruebas necesarias y suficientes para dar con los culpables de tan aberrante hecho?", cuestionaron.
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