Viernes 18 de Octubre de 2019
Ante la divulgación de imágenes de una menor de edad con cigarrillos en la boca, el Juzgado de Familia Nº 2 de Paraná, resolvió hoy que “en resguardo a la intimidad y privacidad de los niños involucrados en el proceso, corresponde prohibir a los progenitores y demás familiares, como así también a los medios de comunicación masiva-radio-tv-medios escritos-páginas web, redes sociales- la difusión de todo dato que permita identificar a los niños, sea en forma directa o indirecta- art. 3 y 16 de la Convención de los Derechos del Niño- en aras de priorizar y resguardar el interés superior de los mismos, su derecho a la intimidad y privacidad, por sobre cualquier otro interés involucrado, y bajo apercibimiento de aplicar la sanciones que fueran pertinentes por el incumplimiento de esta disposición.