Pidieron condenar a policías por una detención ilegal

El caso sucedió en diciembre de 2014 en la ciudad de Paraná. Las penas solicitadas son leves
21 de agosto 2017 · 10:42hs
Después de casi tres años de investigación se presentó ante el juez de Garantías, Jorge Alberto Barbagelata Xavier, un acuerdo de juicio abreviado para dos policías entrerrianos acusados de haber detenido a un joven que estaba en un kiosco sin ningún motivo. A lo grave del arresto arbitrario se le añadió que el muchacho fue golpeado cuando era trasladado a la comisaría quinta de la capital entrerriana.
Para acceder al juicio abreviado los imputados tuvieron que reconocer el hecho, ya que de esa forma pueden recibir una pena menor. Es así que los policías Miguel Sebastián Suárez de 33 años y su colega Juan Manuel Córdoba de 38 reconocieron que cometieron un delito vistiendo el uniforme policial el 24 de diciembre de 2014.
El trabajador realizab trareas de pintura en alturas. Cayó al vacío en un edificio de calle Santa Cruz, en Paraná

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Según pudo conocer UNO, ese día festivo para la comunidad católica cerca de las 22 fue detenido Iván Jesús Rafael Acosta, quien se encontraba en un kiosco ubicado a una cuadra de la vivienda de calle 141, donde vive su hermano Germán. Sin motivo resultó retirado del comercio, esposado y posteriormente golpeado por los funcionarios Córdoba y Suárez.
Según determinó la Fiscalía, Acosta fue cargado en el móvil Nº 1006 y golpeado por los imputados y otros efectivos policiales no identificados que viajaban en ese vehículo. También siempre según la Fiscalía, la víctima padeció lesiones en el cuello y el rostro producto de que Córdoba le aplicó un culatazo con el arma reglamentaria tipo escopeta que llevaba. Posteriormente dice la Fiscalía, la víctima fue ingresada en comisaría quinta, donde le dijeron que "no realizara denuncia, porque si lo hacía, la próxima vez que lo vieran en la calle lo iban a dejar peor".
Como resultado de esa golpiza, Acosta sufrió heridas en el rostro, cuello, manos y otras partes del cuerpo. El informe médico fue firmado por el forense Walter Aguirre, quien confirmó las lesiones padecidas por el detenido.
Además de esta acusación, los policías Córdoba y Suárez trataron de eliminar pruebas sembrando datos falsos sobre la detención de Acosta. Así que para la Fiscalía inventaron la siguiente historia que se transcribe textualmente: "Que el día de la fecha, en circunstancias en que el Móvil Policial Nº 1006 a cargo de Sebastián Suárez, junto a Juan Córdoba, mientras se encontraban de recorrida preventiva en zona y sector asignado, es que al circular sobre calle 141, antes de su similar Larramendi, descienden del móvil a realizar una correcta identificación de un masculino. Al consultarle por sus datos personales, este comenzó a ponerse molesto con el accionar policial, propinando palabras tales como: 'No estoy haciendo nada, dejen de molestar', entre otras clases de palabras irreproducibles, es por ello que al solicitarle en reiteradas ocasiones que depusiera de su actitud, este continuaba con su postura agresiva y negativa para con los uniformados, por tal motivo ante la negatividad de cooperar y no desistiera de sus actitudes, como así también por alterar el orden público es que se procedió a reducirlo ejerciendo la mínima fuerza indispensable, ya que se encontraba totalmente fuera de sí, para luego identificarlo finalmente en el lugar, quien manifestó ser: Iván Rafael Jesús Acosta, de 24 años. Es que al momento de subirlo a la caja del móvil, este comenzó a auto golpearse contra el mismo vehículo, mientras era trasladado hacia la Sección Alcaldía Contravencional...".
Ahora el juez de Garantías será el encargado de dictaminar si acepta o rechaza el acuerdo celebrado por las partes.

Pedido de pena y reglas a cumplir

La Fiscalía y la defensa de los acusados acordaron que se aplique una pena condicional para los acusados por los delitos de Vejaciones y Privación Ilegítima de la Libertad Agravada por la condición de funcionario público en concurso real con Falso Testimonio. Miguel Suárez cumplirá en caso de que el juez acepte el acuerdo una pena de un año y seis meses de prisión condicional e inhabilitación especial parcial por tres años para llevar armas de fuego y tener a cargo personas detenidas; en tanto Juan Córdoba cumplirá en caso de que prospere el acuerdo una condena de dos años condicional e inhabilitación especial parcial por cuatro años para llevar armas de fuego y tener a cargo personas detenidas. Además tendrán que realizar por dos años un curso de concientización en materia de Derechos Humanos por el término que dure el cursado y realizar por el término de un año, con una carga horaria de 96 horas globales, tareas no remuneradas en favor una entidad de beneficencia pública que designe la OMA.
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