Ordenan a un padre a pagar alimentos a un niño por nacer
En la Justicia se viene implementando de manera creciente el criterio por el cual los padres alegados deben solventar los gastos del embarazo, como cuota alimentaria del niño en gestación

Sábado 02 de Febrero de 2013

En los juzgados abundan las causas por conflictos entre madres y padres sobre las cuotas alimentarias para los hijos. Lo que se está implementando de manera creciente son los fallos que ordenan a los hombres a pagar los alimentos del niño antes del nacimiento.


Así ocurrió en un reciente caso en la ciudad de Paraná, donde una mujer embarazada demandó al padre alegado de su hijo. De esta manera, abogado mediante, la Justicia resolvió a su favor destinar una parte del sueldo del hombre, provisoriamente, para solventar económicamente los gastos que conlleva la gestación del niño.


La causa se tramita en el Juzgado de Familia Nº 2, a cargo de Victoria Solari, y del secretario Fabián Rodríguez Signes. Durante la feria judicial del mes de enero, la jueza Viviana Murawnik hizo lugar a la demanda de la mujer, y ordenó que el hombre destine un porcentaje provisorio de sus haberes, establecido en el 25% del mismo.
 

Luego el bebé, que fue reconocido por el padre, nació durante el mes de enero y a los 10 días tuvo un problema de salud, pero afortunadamente logró sobreponerse y se recuperó. “Ahora hay que llevar adelante la audiencia de mediación previa al juicio de alimentos”, explicó el abogado representante de la mujer, Alberto Silva Velazco, y agregó que buscarán “cerrar un acuerdo de cuota alimentaria”.
 

Este tipo de medidas (de pago de cuotas alimentarias al niño por nacer) “es una cosa novedosa que está teniendo mucha acogida en los tribunales nacionales y ya hay antecedentes”, explicó a UNO el letrado.

Un criterio que gana lugar
En la medida judicial, la jueza Murawnik aplicó el artículo 375 del Código Civil de la Nación, que establece: “El procedimiento en la acción de alimentos, será sumario, y no se acumulará a otra acción que deba tener un procedimiento ordinario; y desde el principio de la causa o en el curso de ella, el juez, según el mérito que arrojaren los hechos, podrá decretar la prestación de alimentos provisorios para el actor, y también las expensas del pleito, si se justificare absoluta falta de medios para seguirlo”.
 

Además, según los nuevos criterios judiciales, un embarazo no es solo responsabilidad de la mujer, lo cual no está explicitado en el Código Civil vigente, pero ahora sí está previsto que la mujer embarazada en una relación extramatrimonial tenga derecho a reclamar alimentos al progenitor presunto.
 

En este sentido, se habla del hijo por nacer según el artículo 63 del actual Código Civil, que establece: “Son personas por nacer las que no habiendo nacido están concebidas en el seno materno”, y el artículo 70: “Desde la concepción en el seno materno comienza la existencia de las personas y antes de su nacimiento pueden adquirir algunos derechos, como si ya hubiesen nacido. Esos derechos quedan irrevocablemente adquiridos si los concebidos en el seno materno nacieren con vida, aunque fuera por instantes después de estar separados de su madre”.
 

Además, otro criterio que gana lugar es que, como lo menciona el proyecto de reforma del Código Civil, “la mujer embarazada tiene derecho a reclamar alimentos al progenitor presunto con la prueba sumaria de la filiación alegada”.