En el pronunciamiento judicial tambien se advirtió que es "una ilegalidad, hacer que un empleado o una empleada, que ejerce funciones administrativas sea remunerada con horas cátedra", aludiendo así a la cuestionada modalidad de la casa de estudios para pagar los haberes de gran parte de su personal y también honorarios de disertantes y otros servicios contratados.
Ordenan a la Uader abonar una indemnización por despido discriminatorio
La Justicia condenó a la casa de altos estudios a abonar una indemnización por la desvinculación de una abogada. Además, se consideró ilegal pagar con horas cátedras la función administrativa.
12 de octubre 2018 · 19:14hs
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Paraná resolvió que se pague una indemnización por despido discriminatorio en razón del género a una mujer que prestó servicios como abogada en la sede del Rectorado de Universidad Autónoma de Entre Ríos (Uader).
En las actuaciones caratuladas "Arredondo, Adriana c/Uader y Estado provincial s/contencioso administrativo", los jueces de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Paraná, Gisela Schumacher, Hugo Rubén González Elías y el subrogante Eduardo Romeo Carbó, acordaron hacer lugar parcialmente a la demanda y condenar a la Uader y, en forma subsidiaria, al Estado provincial a abonar a la actora una indemnización por daños y perjuicios patrimoniales, además de otra suma en concepto de indemnización por daño moral. En tanto, rechazaron la pretensión de reincorporación de la accionante.
Desde tribunales se indicó que los camaristas consideraron que la desvinculación laboral, ocurrida luego de siete años de trabajo y pasados seis meses del nacimiento de su hija, constituye una discriminación en razón del género y por lo tanto le corresponde una indemnización.
En ese sentido, se indicó en la sentencia: "Debe asignársele una indemnización del rubro extrapatrimonial ejemplarizadora, teniendo presente que la dañada es una persona que prestó su fuerza de trabajo para la Uader a través de un vínculo tan irregular que se le pagaba como si ejerciera la docencia a quien se le fue sucesivamente renovando su designación por siete años, y que, en el ínterin, fue destinataria de una resolución del rector que 'prometió' no modificar el status quo, lo cual no fue cumplido justo a seis meses de dar a luz a su hija. Ello, además de la natural angustia que puede provocar tamaña situación, se constituye -ante la falta de prueba por parte de la empleadora- en una desvinculación arbitraria y discriminatoria en razón del género".