Se trata de la 1° condena por juego ilegal en Entre Ríos. Un entrerriano fue condenado luego de una investigación iniciada tras una entrevista periodística en la que contó como funcionaba su casino online
10:16 hs - Martes 08 de Septiembre de 2026
Un ciudadano entrerriano fue condenado en un juicio abreviado a tres años de prisión de ejecución condicional por ofrecer y explotar juegos de azar ilegales a través de casinos online. Lo particular del caso es que la investigación se inició a partir de una entrevista en la que el propio acusado contó cómo funcionaba la operatoria que desarrollaba.
Se trata de Luis Daniel Acuña, de 37 años, oriundo de Santa Elena, quien fue declarado autor material y penalmente responsable del delito previsto en el artículo 301 bis del Código Penal Argentino, referido a la explotación y oferta de juegos de azar sin autorización.
La sentencia, a la que accedió UNO, fue dictada por el juez de Garantías y Transición de La Paz, Ramón Lell, y fue firmada el pasado 18 de agosto. El caso tiene además un carácter inédito para la provincia: se trata del primer condenado penalmente en Entre Ríos por ofrecer juego ilegal.
Según surge de los fundamentos de la resolución, Acuña había organizado y explotado un sistema de captación de apuestas para “casinos online”, con la colaboración de una persona que se desempeñaba como “cajera” de las apuestas. La actividad se desarrollaba sin contar con las autorizaciones exigidas por la normativa vigente.
La investigación tuvo como punto de partida una denuncia presentada por el cuerpo legal del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS), autoridad de aplicación en materia de juegos de azar en Entre Ríos. El dato clave surgió de una publicación del portal digital “La Departamental Noticias”. Allí, Acuña había brindado una extensa entrevista en la que, de manera espontánea, explicó el funcionamiento de la actividad que llevaba adelante. Es decir, el propio acusado expuso públicamente detalles de la operatoria ilegal que posteriormente fueron incorporados como elemento de interés para la investigación.
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A partir de esa información se avanzó sobre una actividad que, de acuerdo con la Justicia, consistía en captar apuestas para plataformas de casinos online sin las habilitaciones correspondientes.
La condena de Acuña marca así un precedente en Entre Ríos: por primera vez, una persona fue responsabilizada penalmente por ofrecer juego ilegal en la provincia, en un caso cuya investigación tuvo como disparador las propias declaraciones públicas del ahora condenado.
Resolución
La sentencia destaca: “Resulta particularmente relevante que el propio imputado describiera la estructura de funcionamiento de la organización, precisando que la gestión de cobros era realizada por terceras personas, quienes actuaban como “cajeros” o “cajeras”, constituyendo el nexo entre los apostadores y las plataformas digitales donde finalmente se desarrollaban los juegos de azar. De este modo, no sólo reconoció su intervención en la actividad investigada, sino que además explicó el rol que cumplían las distintas personas que integraban dicha estructura, evidenciando la existencia de una organización previamente diseñada para la explotación sistemática del juego clandestino”.
El fallo aclara que las manifestaciones efectuadas por el condenado fueron corroboradas mediante diversas medidas de investigación e, inclusive, un allanamiento en su domicilio.
Para finalizar, cabe destacar que el artículo 301 bis del Código Penal Argentino condena con penas de 3 a 6 años de prisión al que “explotare, administrare, operare o de cualquier manera organizare, por sí o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente”.