Intento de femicidio: para el defensor "fue un brote psicótico"
La defensa de Federico Limongi sostuvo que el incidente en el que casi mata a su ex fue producto de un "brote psicótico" por consumo de drogas.

Miércoles 16 de Agosto de 2023

En los Tribunales de Paraná se desarrolló una nueva audiencia en la causa en la que Federico Romeo Limongi, agente de la Secretaría de Justicia de la provincia, está acusado de intento de femicidio -homicidio en grado de tentativa, en contexto de violencia de género- y resistencia a la autoridad. La audiencia fue ante el vocal del Tribunal de Juicio Walter Carballo, quien restringió el trabajo periodístico.

Los defensores del acusado, a cargo de los abogados Andrés Bonello y Alberto Garcetti, solicitaron este martes por la mañana que se modifique la calificación del delito imputado y que la situación investigada sea entendida como un "hecho aislado" producto de "un brote psicótico por consumo de cocaína y marihuana". Remarcaron que su defendido no "tuvo pleno conocimiento" de lo que hizo.

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La fiscalía le endilga a Limongi que el 11 de marzo, alrededor de las 13, amenazó con un arma calibre .38 a su entonces pareja y que efectuó dos disparo en el interior de la vivienda. Antes de hacerlo, le dijo a la víctima que se retire o la iba a matar. Más tarde se tomó a tiros con personal del Comando Radioeléctrico de la Jefatura Departamental La Paz que acudió a proteger a la mujer. Tras el enfrentamiento, pudo ser detenido.

Además, los defensores peticionaron que se revoque la prisión domiciliaria con tobillera electrónica por entender que no existen riesgos de entorpecimiento de la investigación; y que, en caso de rechazo, le permitan salidas laborales para concurrir a su trabajo en el Registro Propiedad Inmueble de La Paz, que está ubicado en el edificio de tribunales.

Por su parte, la fiscal Valentina Ayala se opuso a todos los planteos, sosteniendo que aún está pendiente la producción de dos pericias psicológicas (una al acusado y otra a la víctima). También remarcó que existen riesgos de entorpecimiento de la investigación.

Tras oír a las partes, quienes estuvieron conectadas a través del sistema Jitsi Meet (virtual), el juez difirió su decisión para los próximos días.

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Fundamentos de la defensa

Al tomar la palabra, el abogado Andrés Bonello pidió que se revoque la prisión preventiva domiciliaria con tobillera electrónica. Atacó, en prime lugar, la decisión del juez de Garantías de La Paz, Ramón Aurelio Lell, quien prorrogó el arresto preventivo de Limongi desde el 8 al 30 de agosto.

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Enseguida, cuestionó la calificación penal que le imputa la fiscalía, el cual señala que el 11 de marzo, a las 13, en el interior de la vivienda que Limongi compartía con su pareja, este blandió un arma calibre .38 y le manifestó 'te recomiendo que te vayas o te voy a matar'. Luego efectuó dos disparos, el cual uno dio en una pared cerca del baño.

Anoticiados de lo que sucedía, efectivos de la Policía acudieron al lugar y fueron recibidos a tiros. Afortunadamente, los uniformados pudieron reducir a Limongi y arrestarlo.

En su planteo, Bonello aseguró que un informe psiquiátrico realizado al acusado concluyó que la conducta de Limongi es "compatible con episodio psicótico secundario al consumo de sustancias estupefacientes". Aseguró que un experto consideró que sufre "amnesia" y "memoria fugaz" y que "cursó una psicosis cocaínica transitoria, delirante y persecutoria".

"Con este informe pericial esta parte solicita que el hecho que se le atribuye deviene abstracto. La fiscalía dice que Limongi actuó con pleno conocimiento, pero de la pericia surge que no actuó con pleno conocimiento. La fiscalía debe llamar nuevamente a indagatoria y modificar el delito que está atribuyendo. También debe procurar los elementos que propicien el sobreseimiento", afirmó el letrado.

"Hoy la prisión domiciliaria es totalmente innecesaria porque nuestro defendido no puede entorpecer ninguna prueba", dijo.

Agregó que de proseguir la medida de prisión preventiva domiciliaria, se habiliten salidas laborales para que Limongi concurra a su lugar de trabajo en el Registro de la Propiedad Inmueble de La Paz. "Limongi cuenta con trabajo estable. Es empleado de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos. Es padre de tres hijos. Quiero dejar en claro que la prisión preventiva es injusta y contraria a derecho", remarcó.

En ese punto, el juez Carballo consultó si el informe psiquiátrico refiere si existe algún "grado de peligrosa para sí mismo o para terceros". Al respecto, el defensor aseguró que el informe psiquiátrico "habla de gran dificultad para poner en palabras las situaciones" y que no tiene "conductas inadaptadas". "Se siente encerrado y muy avergonzado por el incidente", manifestó.

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El juez Walter Carballo restringió el trabajo periodístico.

Rechazo de fiscalía

La fiscal Valentina Ayala se opuso a que se revoque la prisión domiciliaria, como así también a la salidas laborales. En su alocución, señaló que aún queda pendiente la realización de dos pericias psicológicas fundamentales: una al acusado y otra a la víctima.

También comentó una situación inusual que llamó la atención de Fiscalía: "La víctima solicitó en reiteradas oportunidades el cese de las medidas de protección y poder contactarse (con el imputado). Esto nos ha alarmado".

"Los riesgos procesales siguen vigentes", señaló luego al oponerse al cese de la prisión domiciliaria y a las salidas transitorias. Y recordó que se está ante un grave caso "que tiene una pena que va de entre 10 y 15 años de prisión".

Resaltó luego que antes de tomar una decisión para morigerar la situación del imputado se deben reunir las evidencias psicológicas. "Esas pericias son importantes para analizar si estamos ante una situación del artículo 68 o remitir la causa a juicio", sostuvo.

El artículo al que hizo referencia señala que "si se presumiera que el imputado en el momento del hecho padecía alguna enfermedad mental que lo hacía inimputable, previo dictamen médico sobre su estado y sobre los peligros que podría causar a terceros o a sí mismo, a pedido del Fiscal o de oficio, el Juez de Garantías, previa audiencia con el imputado, dispondrá provisionalmente su internación en un establecimiento especial".

De modo que, si se considera la tesis defensiva respecto del brote psicótico, el imputado podría conseguir un trato menos gravoso en la justicia.

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La audiencia se realizó con restricciones al labor periodístico en el Salón N° 1 de Tribunales.

Audiencia con restricciones a UNO

Antes del inicio de la audiencia ocurrió algo llamativo con la labor periodística. En primer lugar, una secretaria intentó impedir su cobertura alegando que era una causa "de género".

Minutos más tarde, el vocal Walter Carballo permitió a UNO el ingreso a la Sala N° 1 de Tribunales, pero con restricciones: impidió que se tomen imágenes o graben audios apoyándose en las prerrogativas del artículo N° 424 del Código Procesal Penal que dispone que en las audiencias "no podrán usarse cámaras, teléfonos o grabadora". También solicitó no mencionar a la víctima, algo que ha hecho este medio desde el inicio de la causa. De hecho, en la audiencia ni siquiera las partes mencionaron quién es la mujer víctima.

El artículo mencionado para restringir la labor periodística no es de uso común en los Tribunales de Paraná, pero es utilizado por algunos jueces del interior para restringir el trabajo periodístico. De hecho, hace años que está en desuso ya que el periodismo ha podido filmar y grabar audiencias en las que se discuten desde delitos menores hasta los más graves, como homicidios, femicidios o intentos de femicidio, sin ninguna censura previa.

Finalmente, cabe mencionar que antes de llegar como vocal, Carballo fue juez de Garantías de La Paz desde 2018 hasta 2022. Es decir, trabajó a metros del imputado que se desempeñaba como Jefe de División de Dominio del Registro de la Propiedad, cuya oficinas están en el edificio de los tribunales paceños, en San Martín y Sáenz Peña.