Un fuerte choque entre dos vehículos ocurrido este domingo a la madrugada en la ruta 12, cerca de la localidad de Aldea San Rafael, tuvo como consecuencia dos heridos leves. Ambos conductores presentaron alcoholemia positiva, en infracción a la ley de alcohol cero que rige en Entre Ríos.
Fuerte choque en ruta 12: ambos conductores con alcoholemia positiva
La información que dio a conocer la policía indica que un hombre de 31 años que circulaba en un Renault Sandero ingresó a la ruta nacional 12 desde el acceso de Aldea San Rafael, una localidad ubicada a 9 kilómetros al norte de Crespo. Este vehículo iba en dirección este-oeste, cuando por razones a establecer fue colisionado de atrás por un vehículo Renault Kangoo, el cual era conducido por un hombre de 30 años.
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Luego del impacto, la Kangoo volcó y termino en la banquina sobre un alcantarillado. Como se puede observa en las fotografías tomadas en el lugar del accidente de tránsito, los dos vehículos tuvieron daños importantes.
Sin embargo, los conductores solo sufrieron lesiones leves y escoriaciones. Se les realizó control de alcoholemia a ambos, arrojando el siguiente resultado: conductor de Renault Sandero, 0,75 grados de alcohol; conductor de Renault Kangoo: 0,78 grados de alcohol.
En el lugar intervino personal de la Comisaría de Crespo, Bomberos Voluntarios y Transito Municipal.
Alcohol cero
Desde 2018 en Entre Ríos rige la ley de alcohol cero, que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículos con tasa de alcoholemia superior a cero. Además establece que los conductores deben someterse a las pruebas para la detección de posibles intoxicaciones.
La normativa estipula multas, quita de licencia y vehículo en todos los casos donde el alcohol en sangre sea superior a cero gramos. No obstante, la reglamentación provincial prevé que, en casos de que los grados de alcoholemia del conductor sean superiores a cero y menores que 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre, se podrá esperar a que pase el estado de intoxicación o acceder a un conductor designado por el mismo dueño del vehículo.
En este marco y referido a la quita de licencia, será retenida preventivamente, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 72 de la Ley Nacional de Tránsito. Dicha retención no podrá exceder del tiempo necesario para retener a la persona a los fines de que desaparezca el estado de intoxicación, el que no podrá superar las 12 horas.
Si los valores de alcohol son iguales o mayores que 0,5 gramos por litro de sangre, el conductor no podrá esperar a que el estado de intoxicación pase y solo en casos de inconvenientes técnicos u operativos podrá acceder a un conductor designado. En este tipo de infracción se aplicarán las multas correspondientes y se procederá a la quita del vehículo.
A nivel nacional, la semana pasada la Cámara de Diputados dio media sanción a la ley que prohíbe absolutamente la ingesta de alcohol para conducir, que ahora deberá ser tratada por el Senado.