Era inocente el menor acusado por el crimen del sargento Claudio Busten
Ninguno de los dos asaltantes que terminaron con la vida del policía en Paraná, hace un año y medio, fue identificado. Ayer absolvieron al adolescente para quien la Fiscalía pidió prisión

Martes 28 de Marzo de 2017

Una falencia tras otra por parte de distintos organismos del Estado llevaron a que un homicidio quedara, por ahora, sin responsables. Desde la ambulancia que nunca llegó al lugar donde el sargento de la Policía Claudio Busten fue baleado en un intento de asalto, hasta el pedido de condena contra un menor por parte de la Fiscalía en base a testigos que dijeron haber sido apretados por la Policía para mentir.


Ayer al mediodía, el juez Penal de Niños y Adolescentes Pablo Barbirotto adelantó el veredicto del juicio que se siguió contra un adolescente del barrio Belgrano imputado por el homicidio en ocasión de robo, ocurrido en la tarde del 4 de setiembre de 2015. Tal como adelantó UNO que podía suceder, fue absolución lisa y llana por falta de pruebas, tanto objetivas como testimoniales, que tan siquiera ubiquen al acusado en el lugar del hecho (en la zona de calles Miller y Álvarez Condarco, barrio Antonini de Paraná), mucho menos como el autor.


En el juicio, no hubo testigos que señalaran al menor acusado como autor del hecho, ni por haberlo visto en una situación sospechosa ni por comentarios de vecinos. Durante la Investigación Penal Preparatoria (IPP) de la Fiscalía un joven que tiene una discapacidad mental leve declaró que lo había visto ensangrentado con una remera del equipo inglés Manchester United. Pero unos días después fue a decir que había mentido obligado por la Policía. De todos modos, su versión era ficticia porque la herida de bala sufrida por Busten en el asalto fue en la arteria femoral, que no salpica sangre. Otros testigos, que incluso están enemistados con el imputado y su familia, fueron a declarar y dijeron que no sabían nada sobre el homicidio.


De todos modos, la Fiscalía dijo que los testigos mintieron en el juicio y pidió 10 años de prisión para el menor, en base a lo que aquel joven había manifestado en la primera declaración, pese a que luego se desmintió. Pero el actual Código Procesal Penal es claro en cuanto a que lo único que importa es lo que un testigo dice en el juicio, no en la IPP. A su vez, el pedido de sanción fue a pesar de la ausencia, admitida por la acusación, de evidencias científicas ni elementos secuestrados en la investigación.


En los alegatos, el representante del Ministerio Pupilar, Miguel Fernández, cuya función es velar porque se respeten las garantías del menor acusado o víctima en un juicio, tomó la palabra para cuestionar a la Fiscalía y planteó que se debía realizar un llamado de atención porque era vergonzoso que se juzgue a un chico sin mínimas pruebas, lo cual producía solo una estigmatización del adolescente de un barrio de la ciudad.


El fallo hizo lugar a lo reclamado por los abogados defensores José Iparraguirre y Leonardo Kunzi, quienes sostuvieron la inocencia del acusado y criticaron con severidad las deficiencias de la investigación, incluso a pesar de tratarse de un policía la víctima el crimen. Por ejemplo, mencionaron las demoras en la búsqueda de las grabaciones de las cámaras de seguridad de la zona, que por el tiempo transcurrido ya no estaban guardadas en el sistema. A su vez, remarcaron que se siguió una sola línea de investigación, dirigida hacia el acusado, pese a que había otras que sindicaban a otros personajes del barrio Belgrano.


El menor imputado decidió declarar en el primer día del juicio y aceptó responder preguntas de la Fiscalía, pero solo contó su versión de los hechos porque la acusación ni siquiera lo interrogó.


Ahora la investigación seguirá por las otras líneas que manejaba la Fiscalía pero que en su momento no profundizó. La causa nunca se archivó (fundamentalmente porque los autores del atraco mortal fueron dos y uno aún quedaba sin identificar).


El viernes 3 de abril, el juez Barbirotto dictará la sentencia con todo el análisis que fundamenta la absolución. Luego comenzará a correr el plazo en el cual la Fiscalía podría presentar un recurso de Casación en contra del fallo, si es que tiene la intención con tan pocas pruebas.