La Justicia Federal condenó a un paranaense por operar un taller clandestino donde adquiría, alteraba el código IMEI y revendía celulares robados.
12:58 hs - Martes 06 de Octubre de 2026
El Tribunal Oral Federal de Paraná homologó un juicio abreviado e impuso dos años y diez meses de prisión condicional a Josué David Lescano, de 33 años. En su vivienda funcionaba un taller clandestino donde liberaba, modificaba el código IMEI y revendía teléfonos de origen ilícito con ánimo de lucro. Además del decomiso de los equipos e insumos informáticos, deberá realizar una capacitación técnica de reparación para no ir a prisión.
Según el fallo al que accedió UNO, fechado este lunes 5, al joven se lo declaró autor penalmente responsable del delito de adquisición o utilización de terminales celulares y módulos de identificación removible (tarjetas SIM) a sabiendas de su procedencia ilegítima, agravado por el ánimo de lucro, en concurso real con la alteración o modificación de un número de serie electrónico o mecánico de un equipo terminal. Por esta calificación legal, basada en los artículos 10, 12 y 13 de la Ley 25.891 de Servicios de Comunicaciones Móviles, fue condenado a la pena de dos años y diez meses de prisión de ejecución condicional, además del pago total de las costas del proceso.
La causa judicial reconoció su génesis el 27 de julio de 2018 en un procedimiento autorizado por el juez de Garantías N° 3 de Paraná, Ricardo Bonazzola, para allanar un domicilio en calle Jorge Haendel, cerca de Lorenzo Anselmi. La medida fue cumplimentada por personal de la Dirección de Inteligencia Criminal de la Policía de Entre Ríos para localizar un celular BGH Joy sustraído. Aunque dicho aparato no fue hallado, en la habitación del imputado los efectivos descubrieron una importante cantidad de telefonía e infraestructura dedicada a la manipulación técnica ilegal.
En el registro se incautaron 32 aparatos celulares. Entre ellos figuraban un Samsung J1 Mini y un Huawei registrados como robados en el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). El informe pericial determinó que seis equipos estaban denunciados por robo, hurto o extravío (tres de Telefónica Móviles Argentina S.A. bloqueados entre 2015 y 2017), siete no poseían etiqueta de IMEI ni registro por software, y 19 tenían numeración habilitada. El ENACOM precisó además que la validación de identidad de titulares de líneas corresponde a las empresas prestadoras del servicio y no al organismo regulador. Asimismo, se secuestraron tarjetas SIM de Personal y Claro, tarjetas micro SD, tablets, netbooks de Conectar Igualdad, dos cajas de liberación "Box" (Octopus y Sigma con llaves "Dongle Key") y una notebook Lenovo de 500 GB.
El examen pericial sobre la notebook Lenovo reveló que poseía en Windows 10 Pro herramientas para liberar teléfonos móviles de su compañía original y habilitarlos para cualquier chip. La maniobra delictiva consistía en adquirir de modo irregular terminales usadas de procedencia ilegítima, sin comprobantes de origen. En su casa funcionaba un local clandestino no habilitado donde Lescano reparaba, liberaba y alteraba el número de IMEI —código numérico pregrabado que funciona como el "DNI" del celular— para eludir los bloqueos y revender los aparatos con indiscutible ánimo de lucro.
Ante la tipificación delictiva, el Juez de Garantías N° 5, Elvio Garzón, decretó la incompetencia provincial y remitió la causa al Juzgado Federal de Paraná. La Ley 25.891 prohíbe la actividad de revendedores no autorizados y la reactivación de equipos robados. Al analizar la escala penal del concurso real, la jueza Berros reconfiguró el rango entre 1 y 12 años de prisión, concluyendo que la pena convenida de dos años y diez meses en suspenso resultaba adecuada y proporcional a la culpabilidad del imputado.
Como agravantes objetivos, la jueza ponderó la dimensión del comercio ilícito y el soporte técnico empleado; en la óptica subjetiva, remarcó que el acusado desplegó una destreza tecnológica que le hubiera permitido encarar una actividad laboral lícita. Como atenuantes computó su juventud al momento del hecho (25 años), su escolaridad incompleta (tercer año secundario) y la falta de antecedentes penales.
Junto con la condena condicional y el decomiso de los 32 celulares, computadoras y cajas Box, se le impuso como regla de conducta realizar el curso de "Reparador de Electrodomésticos" en la Escuela de Educación Técnica N° 5, Centro de Formación Profesional N° 2 de Paraná (calle Almafuerte N° 2.285), debiendo acreditar ante el Juzgado de Ejecución su inscripción y aprobación, bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la condena.