Elbio Gonzalo Caudana se encuentra cumpliendo casi seis de los 13 años de prisión que le impusieron por narcotráfico. En el marco de la pandemia del coronavirus solicitó que le otorguen la prisión domiciliaria por padecer dolencias en su salud que lo ubicarían como un paciente de riesgo. Tras la oposición de la Fiscalía, el Tribunal Oral Federal de Paraná rechazó el pedido.
Caudana pidió la domiciliaria por su salud y se la denegaron
Juan Ignacio Pereira. UNO
Caudana seguirá cumpliendo la condena por narcotráfico en la cárcel de Federal, donde atienden sus problemas de salud.
La defensa sostuvo en el pedido que el interno “padece serios problemas de salud”, entre otros que es insulinodependiente y que, según sus dichos, el médico de la Unidad Penal Nº 8 de Federal le dijo que es una persona de riesgo que no puede permanecer alojada en ese establecimiento carcelario y que le recomendó solicitar la prisión domiciliaria. El hombre presenta un diagnóstico de Diabetes tipo 2 de difícil manejo, hipertensión arterial e hipertrigliceridemia (exceso de triglicéridos en sangre).
El fiscal general José Ignacio Candioti pidió el rechazo de la solicitud. Remarcó que el caso no encuadra en las prescripciones normativas de la Ley de Ejecución de penas, y añadió que “de la documental aportada por la defensa no surge que el interno Caudana presente dolencias graves ni que su estado de salud detente un debilitamiento o vulnerabilidad que justifique el otorgamiento del beneficio interesado”. Agregó que “no se cuenta con elementos suficientes que justifiquen la concesión de la prisión domiciliaria, ya que su situación de salud se encuentra razonablemente atendida y la condición de encierro no implica que pueda desmejorar”.
Asimismo, recalcó que el Servicio Penitenciario confeccionó un informe relativo a las personas privadas de libertad que se encuentran dentro del grupo de pacientes vulnerables al eventual contagio del virus, y que a raíz de la situación imperante las unidades penales adoptaron medidas tendientes a prevenir el contagio del Covid 19. En este sentido, apuntó que Caudana no se encuentra incluido en el colectivo de personas señaladas, dado que no es una persona mayor de 65 años, de edad, no es portador de EPOC y tampoco posee insuficiencia renal.
Previo a resolver, el TOF requirió una serie de informes que permitan ilustrar el estado de salud actual del detenido.
Entre ellos, se refirió a un informe del hospital Urquiza de Federal, donde se expresó que dicho nosocomio no cuenta con terapia intensiva, ni intermedia, no tiene especialistas en endocrinología y/o diabetología y que carece de la complejidad necesaria para asistir a pacientes con descompensaciones de patologías de base.
Por su parte, el médico de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, José Luis Kot emitió un informe donde concluyó que “la evolución sin complicaciones de su diabetes depende en gran medida de la colaboración del paciente, en el estricto cumplimiento de las indicaciones farmacológicas y las medidas higiénico, dietéticas prescriptas. El examen clínico descripto se encuentra dentro de los parámetros normales. El estado general se describe como bueno”.
Por otro lado, el informe de la Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos refirió que “Concordia y Gualeguaychú cuentan con centros de atención que atienden la patología que presenta el interno, atento a lo cual respecto su traslado hacia otro establecimiento penal de la provincia, la Unidad Penal N° 3 o la N° 2, estarían en condiciones de alojarlo.”
Al analizar los informes solicitados, el Tribunal sostuvo que los mismos “son elocuentes en cuanto a que el interno se encuentra tratado y medicado para la dolencia que padece”. Por esto, “se desprende que la dolencia ha sido tratada adecuadamente en el establecimiento penitenciario, por lo que no se cumplen los recaudos normativos establecidos por la ley 24.660”.
Señalaron que el principal fundamento del pedido radica en el temor a una eventual contingencia sanitaria del interno que amerite su internación en terapia intensiva (a raíz de sus problemas de salud de base), a lo que apuntaron lo referido por el hospital Urquiza de Federal, que si tienen pacientes en esas condiciones, los derivan a los nosocomios de referencia. “Se debe resaltar que la situación de Caudana no difiere en lo sustancial del resto de la población que reside en Federal, ni tampoco del colectivo de personas privadas de libertad que se alojan en la UP N°8”, afirmó el TOF en la resolución.
Por esto, rechazaron el pedido de Caudana, y dejaron asentado que si el interno desea ser alojado en las cárceles de Gualeguaychú o Concordia para estar más cerca de un hospital con terapia intensiva, no habrá ningún problema en disponer su traslado.
Por último, en la resolución se dispuso una medida que no tiene relación con el pedido de Caudana, sino con el trámite de unificación de las dos penas que está purgando: la de 13 años de prisión por narcotráfico, y otra, de cinco años y medio de encierro, por amenazas y por explotación de la prostitución en la zona de la Terminal de Ómnibus de Paraná. El Juzgado de Ejecución de Penal de la capital provincial, para que les remitan esa sentencia y citar a la audiencia de unificación.