A procesado por chocar, matar y fugar lo autorizan a manejar
La Justicia permitió provisoriamente a conducir un automóvil a Victorio Ríos, quien le quitó la vida a Ofelia Kessel. El responsable de la muerte pidió esta autorización para poder trabajar

Martes 16 de Abril de 2013

Javier Aragón/ De la Redacción de UNO
jaragon@unoentrerios.com.ar



Ayer se realizó una marcha de parte de los integrantes de Víctimas de Delitos Aberrantes de Entre Ríos (Vidaer) con el fin de reclamar el urgente tratamiento en el Parlamento del proyecto que impulsa agravar los delitos contra la seguridad vial. Además, se conoció que la Justicia de Entre Ríos autorizó a conducir a un hombre que se encuentra procesado por chocar y matar a Ofelia Kessel, y luego escapar del lugar.


Carlos Rodríguez, hijo de la víctima informó que se encuentran preocupados por la resolución que tomó la Sala I de la Cámara del Crimen que autorizó a Victorio Abelardo Ríos a poder conducir (en medio de la sustanciación de la causa judicial y mientras se espere la fecha del juicio), a poder conducir un vehículo de una empresa gráfica de Paraná. El tribunal entendió que era prolongada la medida cautelar que imponía restricciones al procesado que hizo valer en su defensa el derecho a poder cumplir con su trabajo diario.


Ofelia Kessel fue embestida el 10 de febrero del 2010 en Blas Parera de Paraná. El conductor del rodado, se escapó del lugar y tras varios días de búsqueda, finalmente la Policía lo encontró junto a su vehículo.


Con el paso del tiempo, se procesó al hombre por la muerte de la mujer, para lo cual se dictó de parte del Juzgado de Instrucción II, una serie de restricciones a Ríos. No conducir, no ingerir bebidas alcohólicas o sustancias alucinógenas, fueron algunas de las medidas.

Debate
Se informó a UNO que, sin embargo, el defensor oficial Luis Pedemonte hizo un planteo que tuvo varias idas y venidas. El funcionario pidió que se lo autorice a Ríos a conducir de modo excepcional una camioneta de una empresa gráfica de Paraná con el fin de poder mantener el sustento diario laboral.


El juez Mauricio Mayer rechazó el planteo de la defensa, lo mismo que la fiscal Sandra Terregno. El defensor oficial, al apelar el fallo ante la Sala I, logró que se lo revirtiera y autorizara la conducción de un determinado vehículo solamente en el horario nocturno en que se distribuye el material gráfico.


Esta resolución fue severamente criticada por los familiares de Kessel, que saben que no se la puede apelar y que lo único que deberán esperar en el inicio del juicio en la Sala II.



Agravamiento de las penas de prisión
Vidaer se movilizó hacia el Túnel con el fin de exigir a los legisladores el tratamiento y aprobación en la Cámara de Diputados del proyecto de Ley de delitos contra la seguridad vial. El Senado de la Nación lo aprobó, pero el debate en la Cámara baja se estancó y se encuentra muy cerca de perder el estado parlamentario.


El Artículo 84, impone: “Será reprimido con prisión de seis meses a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a 10 años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, causare a otro la muerte. Si se produjere más de una víctima fatal la pena será de tres a ocho años de prisión”.
La incorporación del Artículo 84 bis, indica: Cuando el hecho previsto en el artículo anterior hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta, o antirreglamentaria de un automotor, la pena será de tres a ocho años de prisión e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena”.