En la sesión de esta semana de la Cámara de Diputados de Entre Ríos, tuvo media sanción por unanimidad un proyecto de ley que establece un Protocolo de Pautas Mínimas para la búsqueda de mujeres desaparecidas en un contexto de violencia de género. La iniciativa, de la diputada Paola Rubattino, atraviesa a los distintos poderes del Estado.
Pautas para investigar con celeridad a mujeres desaparecidas
“El Protocolo se orienta bajo la perspectiva de género”, afirmó Rubattino, y destacó que “se trata de una guía que sólo cobra sentido si se la trabaja desde el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de manera holística e integral”.
“Es un proyecto que rompe con las creencias y prejuicios que existen al abordar la desaparición por violencia de género”, expresó, por su parte, la diputada Gracia Jaroslavsky.
Qué dice el proyecto
El texto aprobado establece que la implementación del Protocolo tendrá presente la centralización de decisiones en la persona del Fiscal, sin perjuicio de las pautas y medidas complementarias y más eficaces que puedan ser adoptadas por cada repartición.
Además faculta al Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia, para modificar el Protocolo, a los efectos de dotarlo de mayor eficiencia; pero para esto previamente tiene que existir un dictamen de un Comité de Seguimiento que funcionará en su ámbito y acompañará las correcciones y aportes para la modificación.
Ese comitéestará conformado por tres representantes del Poder Judicial (uno de la Magistratura, uno del Ministerio Público de la Defensa y uno del Ministerio Público Fiscal), uno por cada cámara del Poder Legislativo y dos del Poder Ejecutivo. Deberá reunirse al menos dos veces al año para evaluar la aplicación del Protocolo y proponer eventuales cambios.
Pautas
El protocolo es una “guía” para la investigación de situaciones de desaparición de mujeres o personas autopercibidas como tales, en contextos de violencia de género, que deberán tener presente los funcionarios actuantes –de cualquiera de los tres poderes del Estado– a fin de dar con el paradero y estado de la persona desaparecida. Las decisiones en la investigación estarán a cargo del fiscal y se establece que en la comunicación al público respecto del avance de las investigaciones, deberá procederse siempre con perspectiva de género.
Algunas pautas son:
Perspectiva de Género: toda investigación por este tipo de eventos, deberá incluir una perspectiva de género, libre de prejuicios y con criterio amplio en cuanto las líneas de investigación a seguir.
Celeridad: rapidez en los procesos de búsqueda policiales y los procesos judiciales, fundamentalmente en la recepción de denuncias y en la toma de medidas probatorias y cautelares tendientes a dilucidar y evitar la continuidad del hecho ilícito, como también tomar los recaudos a fin de evitar consecuencias mayores.
Accesibilidad, trato y contención: se debe generar un ámbito de accesibilidad, una adecuada comunicación con los allegados de la víctima desaparecida, en pos de facilitarse no solamente la investigación del hecho, sino de lograr una mejor atención de los mismos, otorgándoles confianza, seguridad y contención, teniéndose siempre en cuenta su manera de expresarse, idiosincrasia y estado emocional.
Personal capacitado: tanto las investigaciones, como las tareas de informar y contener, deberán realizarse por funcionarios altamente capacitados en relación al trabajo con víctimas de discriminación y violencia en razón de su género.
No revictimización: se debe evitar el fenómeno de la victimización de segundo grado o revictimización de parte de los funcionarios públicos actuantes.
Abordaje integral y coherencia interna: se deberán coordinar las tareas y asignar los recursos humanos, económicos, logísticos, científicos o de cualquier índole que sean necesarios para el éxito de la búsqueda.
Finalmente se aclara que todo deber ser aún más urgente y riguroso cuando la desaparecida sea una niña.
El protocolo completo se puede consultar en este enlace.