La situación que generó la protesta tiene que ver con que se impartió una orden de registrar en video los movimientos de Guille Cantero. La mayoría de los lugares de alojamiento y de tránsito en el penal de Ezeiza cuentan con cámaras de video que quedan centralizadas en un circuito cerrado de televisión. Pero que ante la imposibilidad de contar con filmación en todos los lugares de detención, y en virtud de medidas especiales de ese presidio, se adoptó con Cantero la filmación portátil. Así que los guardias lo siguen con una cámara a donde va.
"Excesivo e innecesario"
La defensa denuncia que tal seguimiento es excesivo y vejatorio. Edwards refiere que el informe de la autoridad penitenciaria contiene falsedades e inexactitudes porque postula que la cárcel cuenta con un circuito cerrado de TV, lo que supone que es monitoreado en tiempo real por personal penitenciario, como medida de seguridad para la visualización de los internos. Sin embargo la filmación portátil que cuestiona Cantero se efectúa con una cámara que no transmite a ese circuito cerrado, sino que solo filma o registra sus movimientos, por lo que su empleo resulta irrelevante para la detección en tiempo real de su deambular en el penal.
"La sola circunstancia de que mi defendido es seguido permanentemente por los agentes penitenciarios que filman, ya resulta suficiente como medida de seguridad, por lo que el registro fílmico deviene innecesario", dice Edwards.
El defensor indica que este seguimiento vulnera la intimidad de Cantero porque lo registra hasta cuando ingresa en el baño, en el momento que concurrió al médico que debía revisarlo o cuando se entrevista con su abogado. También cuando recibió la visita de su mujer y sus hijos menores de edad "a pesar de que en el salón de visitas hay una cámara de vigilancia instalada en el techo del mismo".
Otra queja se refiere al escaso tiempo que recibe la visita de familiares. Aduce que desde su traslado a fines de mayo de 2018 desde Rosario a Resistencia se lo privó del derecho a pasar con ellos dentro del penal hasta cinco días consecutivos por mes o a tener una reunión conyugal con su pareja. Edwards le requirió al TOF 3 que haga cesar esas restricciones que considera arbitrariedades y motivaron la huelga de hambre.
Sin fecha
Guille fue condenado en abril a 22 años de prisión por Asociación ilícita y Homicidio acusado de líder de la llamada Banda de Los Monos. Próximamente, aunque en fecha no informada, será imputado en Rosario como autor ideológico de los ataques a balazos registrados en mayo contra domicilios que pertenecieron al juez Ismael Manfrín, que presidió el tribunal que lo condenó entonces.
También tiene pendiente un proceso en el que un fiscal pidió siete años de prisión por amenazar de muerte por vía telefónica al juez Edgardo Fertitta, a quien le había solicitado un traslado.