La jueza Bértora dispuso el traslado a la cárcel de Gualeguaychú basándose en un informe que advirtió sobre la sobrepoblación en la cárcel de Paraná.
09:41 hs - Viernes 11 de Septiembre de 2026
La resolución de la jueza de Ejecución de Penas de Paraná, Cecilia Bértora, por la cual se dispuso este viernes el traslado del exgobernador Sergio Urribarri, el exministro Pedro Ángel Báez y Juan Pablo Aguilera a la cárcel de Gualeguaychú, tuvo como fundamento central una advertencia formal del Servicio Penitenciario de Entre Ríos. Aunque inicialmente el Ministerio Público Fiscal había solicitado la detención e ingreso de los tres condenados a la Unidad Penal N° 1 de Paraná tras la firmeza de la sentencia dispuesta por la Corte Suprema, las autoridades carcelarias concluyeron que dicha unidad no ofrecía las condiciones adecuadas.
El informe del Servicio Penitenciario
Segú supo UNO, el documento clave fue elevado el 4 de septiembre por el subdirector del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, Inspector General Juan Santiago García, a la jueza Bértora. En la nota remitida, la autoridad penitenciaria comenzó detallando el motivo de la comunicación: "Me dirijo a Ud. en virtud de lo dispuesto mediante oficio del día de la fecha 4 de septiembre del corriente, por el cual se ordena la detención y alojamiento en la Unidad Penal 1 de los condenados, Urribarri Sergio, Báez Pedro y Aguilera Juan Pablo".
Seguidamente, García fundamentó los impedimentos de la penitenciaría de Paraná debido a la sobrepoblación y la edad de los penados: "Al respecto debo informar que la Unidad Penal 1 no reúne las condiciones optimas para brindar el alojamiento de los nombrados, teniendo en cuenta su edad avanzada y que en la actualidad a la población que aloja dicha institución carcelaria es de 1066 internos. En este sentido los pabellones se encuentran con alta densidad de población, contando además solo con lugares comunes para que transiten su condena".
Ante este escenario, el Servicio Penitenciario solicitó de forma expresa el cambio de destino hacia la Unidad Penal N° 9 de Gualeguaychú: "Por esta razón esta administración penitenciaria solicita tenga a bien disponer el alojamiento de Urribarri, Báez y Aguilera en la Unidad Penal 9 de la ciudad de Gualeguaychú donde se cuenta con una celda destinada a los mencionados penados en el pabellón de adultos mayores, que aloja un total de 14 internos".
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El escrito firmado por García también incorporó una descripción detallada sobre la infraestructura médica de los establecimientos provinciales: "En cuanto a las condiciones sanitarias, es preciso informar que las 8 unidades penales cuentan con médicos y enfermeros, servicio que se encuentra cubierto hasta las 22 hs. No se cuenta con ambulancia para traslados de emergencia. Cabe destacar que en caso de requerir estudios médicos específicos, los mismos se realizan en hospitales públicos y acorde a los turnos que se asignan, realizando el Servicio Penitenciario el traslado correspondiente. Respecto de los medicamentos son gestionados a través del Dpto Farmacia dependiente de la Dirección Principal de Tratamiento, previa receta del área sanidad de la Unidad Penal o de los efectores de salud pública que atienden a la población".
La medida se ordenó luego de que la condena impuesta originalmente el 7 de abril de 2022 quedara firme definitivamente con la reciente resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que rechazó los recursos defensivos.
Así las cosas, de acuerdo con las planillas de cómputo de pena de la Oficina de Gestión de Audiencias, Pedro Báez cumplirá su condena el 22 de mayo de 2031, Juan Pablo Aguilera el 12 de enero de 2033 y Sergio Urribarri el 15 de julio de 2034.
Las causas por las que condenaron a Urribarri, Báez y Aguilera
Al juicio contra Urribarri y compañía -realizado en 2022- se lo denominó “megajuicio” porque incluyó varias causas. El primero fue el del “Sueño Entrerriano” e incluyó tres legajos: la investigación por la instalación de un parador playero en Mar del Plata, que le costó a la provincia $14 millones; la contratación de la productora del empresario farandulero Jorge “Corcho” Rodríguez, Nelly Entertainment SA, para difundir tres spots de promoción de la Cumbre del Mercosur, que se realizó en Paraná en 2014, por un monto de $27 millones; y la contratación con distintos medios gráficos de la publicación de una solicitada contra los fondos buitres que le supuso a las arcas del Estado entrerriano el gasto de unos $4 millones. En el juicio se probó que los fondos públicos se utilizaron para financiar la fallida campaña presidencial de Urribarri, cuyo eslogan fue el “Sueño Entrerriano”.
También se encontraba el legajo Nº 4385, conocido mediáticamente como “La causa de la vaca” o “de la imprenta”. Aquí, los fiscales detectaron que para la justificación de las publicidades en cartelería de vía pública para autorizar el pago, se había utilizado una misma foto: la misma vaca apareció en distintos carteles. De allí el curioso nombre que se le dio al expediente.
El volumen de las contrataciones entre 2010 y 2015 fue de $24 millones, de los cuales $12 millones se habrían pagado de modo fraudulento. Los contratos se manejaban desde las empresas vinculadas a Aguilera, Tep SRL y Next SRL, y en esas maniobras, los publicistas José María Bustamante y Hugo Montañana pagaban “coimas” para conseguir contratos de publicidad. Ambos reconocieron el delito en sendos juicios abreviados. En tanto, también se encontraba el legajo conocido como Global Means.
En la causa se investigaron hechos sucedidos en 2011, cuando Urribarri era gobernador y Báez director de Información Pública. Aquí, la Fiscalía probó que Urribarri y Báez otorgaron una pauta de $118 mil a la firma Global Means SA, del empresario Germán Buffa, “cuando no reunía los requisitos para su otorgamiento”.