Se formalizó el convenio entre la Policía de Entre Ríos y el Colegio de Psicólogos

Se firmó el "Convenio Marco de Trabajo Institucional" entre la Policía de Entre Ríos y el Colegio de Profesionales de la Psicología de Entre Ríos.

Viernes 02 de Enero de 2026

En octubre del 2025 se firmó un convenio que busca llevar a cabo el intercambio recíproco de cooperación mutua tendiente a establecer un sistema de atención de salud mental para Oficiales, Suboficiales, Agentes, Cadetes y Personal Civil de la Policía.

El Gobierno de la Provincia de Entre Ríos publicó la aprobación del «Convenio Marco de Trabajo Institucional» entre la Policía de Entre Ríos (P.E.R.) y el Colegio de Profesionales de la Psicología de Entre Ríos (Coper). El documento, que fue registrado originalmente en la Escribanía Mayor de Gobierno el 16 de octubre de 2025, estableció las bases para la cooperación entre ambas entidades y fue publicado en el Boletín Oficial Nº 28.248.

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Alcance y objetivos del sistema

El acuerdo tuvo como objetivo principal «llevar a cabo el intercambio recíproco de cooperación mutua tendiente a establecer un sistema de atención de salud mental para Oficiales, Suboficiales, Agentes, Cadetes y Personal Civil de la Policía». Según los términos del texto, la atención se delegó en los profesionales matriculados en el colegio provincial.

Sin embargo, el convenio funcionó solo como una estructura general. Las partes determinaron que la «metodología, alcance, duración, costo, reglamentación, términos y condiciones» debían ser definidos posteriormente mediante convenios específicos aprobados por mutuo acuerdo. Además, se dejó constancia de que la firma de este marco inicial «no implica ningún compromiso previo de orden económico o financiero a cargo de las partes comparecientes».

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Condiciones de exclusividad y vigencia

En cuanto a la relación administrativa, el convenio aclaró que «no representa un compromiso de exclusividad», permitiendo que cada institución desarrollara sus actividades de forma independiente o mediante asociaciones con terceros. Asimismo, las partes «mantuvieron en todo momento la independencia de sus estructuras técnicas y administrativas».

Respecto a la duración y rescisión:

  • El compromiso se pactó por un plazo de DOS (2) AÑOS.
  • Se estableció una cláusula de «renovación automática», salvo que alguna de las partes se opusiera con una antelación de 90 días.
  • Se habilitó la posibilidad de rescisión anticipada con un aviso previo de treinta (30) días, sin derecho a reclamos de indemnización.

Implementación legal

El proceso administrativo contó con la intervención de la División de Asuntos Jurídicos de la Policía y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia, quienes no presentaron objeciones legales al texto. Finalmente, el acuerdo se celebró «ad referéndum» del Poder Ejecutivo Provincial, cumpliendo con la normativa de la Constitución Provincial y el Reglamento General de Policía.