La historia clínica, clave
El letrado valoró el dictamen de la jueza por considerar que fue "objetivo y exhuastivo" y que se apoyó en todos los elementos probatorios. En declaraciones a UNO reprodujo los puntos esenciales de la resolución. "Marín no solamente se apartó de los protocolos médicos –dictaminó la jueza– al no realizar el dosaje necesario de sangre, sino que lo reiteró al no llevar la historia clínica, que es sumamente importante en este tipo de enfermedades", se explicó. Respecto a este punto, los peritos de la Corte Suprema de la Corte de Justicia de la Nación, afirmaron que "siempre es conveniente registrar de acuerdo a la evolución clínica del paciente, todos los datos de la persona a los fines de correlacionar su estabilidad sintomática, dosis suministrada, esquema terapéutico utilizados para el control evolutivo", se asentó en el fallo.
"De esta forma Marín creó un grave riesgo permitido al infligir la lex artis, que es la norma que direcciona el comportamiento del profesional de la salud, que además de obligar a los médicos y a los profesionales de la salud describe lo que se debe hacer para cumplir en ella", argumentó Garbarino.
Desenlace
El nuevo procesamiento que se suma al delito de usurpación de títulos y honores, implica que cuando el imputado sea juzgado podría recibir una pena de carácter efectivo que va de dos a cinco años. "Esto está en apoyado en material probatorio que elaboraron no solo los médicos forenses de distintos fueros y por diversas testimoniales que vienen a ratificar lo que establecieron los médicos", graficó Rodríguez Allende.
Sin más medidas para producir la etapa de instrucción está a punto de cerrarse, y quedará en manos del juez Pablo Vírgala la decisión de elevar la causa a juicio. "Este es el resultado de cinco años de trabajo, sin ningún tipo de interrupción, donde hemos realizado una construcción jurídica sobre un delito absolutamente difícil de demostrar que es la mala praxis. Muy pocas malas praxis pueden llegar al momento que estamos llegando nosotros, que es casi la terminación de una investigación con un homicidio y que sea elevado a juicio", valoró el abogado.
Conformidad
La familia de la víctima expresó su conformidad por el dictamen de la jueza María Gabriela Garbarino, a casi cinco de años de una tragedia que los marcó para siempre. Su padre destacó el accionar la magistrada en el tramo final de la investigación porque determinó que Marín "no podía ejercer, ni tampoco diagnosticar, algo que fue ratificado por el fallo de Casación", explicó Horacio Ariel Eyssartier a UNO. "No hay más palos en la rueda, porque fueron deliberadas las demoras y no hay antecedentes de que una apelación se cajonee 19 meses. Marín va a llegar a juicio por causas que se van a unificar, según lo dispuesto por la fiscal Carolina Castagno, que quedó a cargo de la primera causa", señaló quien se constituyó como querellante particular. Horacio Martín fue encontrado sin vida por su hermano, en una habitación de la casa donde vivía. La autopsia practicada al cuerpo determinó que murió por un paro cardiorespiratorio de origen neurológico.