Dictaron la conciliación obligatoria en el conflicto de OCA tras las medidas de fuerza del Sindicato de Camioneros por salarios atrasados
09:48 hs - Miércoles 21 de Octubre de 2026
Dictaron la conciliación obligatoria en el conflicto de la empresa de correos OCA tras las medidas de fuerza por salarios atrasados. La Secretaría de Trabajo de la Nación dispuso un período de 15 días hábiles para encauzar la negociación.
La medida busca destrabar el paro y la retención de servicios del Sindicato de Camioneros que paralizaron la distribución postal desde el viernes.
Durante este plazo, se espera que la firma presente un esquema concreto para cancelar los salarios pendientes y atender los reclamos gremiales.
La crisis salarial se enmarca en un escenario de fragilidad económica de la empresa. En 2025, la firma OCA Log ingresó en concurso preventivo de acreedores, trámite radicado en el Juzgado Comercial N.º 23 para reordenar sus deudas. Actualmente, la compañía se encuentra bajo el control del grupo NMBV, liderado por el empresario logístico Claudio Espinosa.
Los reclamos
Entre los reclamos del gremio se recalcó que se hacen pagos fraccionados y que se adeuda el 30% de los salarios correspondientes a septiembre, cuyo plazo tope de cancelación había vencido el pasado 13 de octubre.
Sin embargo, dirigentes sindicales aclararon que la problemática no es reciente, sino que los empleados vienen percibiendo sus haberes fraccionados en tres o cuatro cuotas desde hace varios meses.
- Cancelación del 30% pendiente de los haberes de septiembre.
- Pago del presentismo y de una cuota adeudada del bono anual.
- Entrega de indumentaria laboral, un ítem contemplado en el convenio colectivo que, según denunciaron, no se cumple desde hace más de cinco años.
- Certeza en los cronogramas de liquidación, ante la constante incertidumbre económica producida por el cobro en cuotas y la cercanía de un nuevo cierre de mes.
Por otra parte exigen que los responsables de la empresa que se sienten a dialogar con los trabajadores para llevarles tranquilidad.