El Ministerio de Agricultura declaró el estado de emergencia agropecuaria en la provincia de Entre Ríos a las explotaciones agropecuarias de maíz, sorgo, bovinos, caprinos, ovinos, tamberos, hortícolas, pecan, cítricos y forestales, en todo el territorio provincial afectados por sequía, altas temperaturas e incendios.
Nación oficializó la emergencia agropecuaria para Entre Ríos
La medida fue oficializada a través de la resolución 39/2022 publicada este viernes en el Boletín Oficial.
La emergencia agropecuaria rige desde el 1º de enero pasado hasta el 31 de julio y se determinó esta última fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas.
LEER MÁS: Muchos más productores se volcaron a la agricultura familiar con la pandemia
Para acogerse a los beneficios los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la Provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.
El Gobierno provincial remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.
LEER MÁS: Efectos de la sequía se sentirán en invierno en la ganadería
Por su parte, las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispondrán beneficios para los productores agropecuarios comprendidos.
La emergencia contempla medidas como: una prórroga del vencimiento del pago de los impuestos a las Ganancias, a la Ganancia Mínima Presunta, y a los Bienes Personales mientras dure el período de emergencia. Además, activa el plan de emergencia estipulado en el programa permanente de deuda exigible con un plazo de hasta 48 cuotas, suspende el plazo de la emergencia la iniciación de juicios de ejecución fiscal para el cobro de impuestos adeudados por los contribuyentes incluidos en el decreto; los juicios que estuvieran en trámite para el cobro de impuestos deberán paralizarse hasta el vencimiento del plazo fijado y cuando se produzcan ventas forzosas de hacienda se podrá deducir el 100% de los beneficios derivados de esas ventas en el Impuesto a las Ganancias.
LEER MÁS: Sequía: emergencia nacional cubre a productores entrerrianos