La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto que busca garantizar el derecho de toda la ciudadanía a comprender las sentencias, las leyes y los actos administrativos, y promover el uso y el desarrollo de un lenguaje claro en textos legales y formales.
Media sanción a la ley para que jueces usen lenguaje claro
Durante la cuarta Sesión Ordinaria del año la Cámara Baja dio media sanción a un proyecto presentado por el diputado Esteban Vitor (PRO). En el transcurso del debate en comisiones, al proyecto de ley original, que se ocupaba de los fallos judiciales, se le sumó la redacción clara para leyes y actos administrativos del Poder Ejecutivo, involucrando a los tres poderes del Estado.
Vitor mencionó en la sesión la "tendencia a nivel mundial de que los estados desarrollan políticas públicas procurando un diálogo de mejor calidad con la ciudadanía" y propuso: "debemos bregar por un lenguaje que se reconcilie con el lenguaje popular, a fin de garantizar el verdadero acceso a la justicia”.
En la ley que recibió media sanción se entiende por lenguaje claro al "lenguaje basado en expresiones sencillas, con párrafos breves y sin tecnicismos innecesarios, que puede ser usado en la legislación, en las sentencias judiciales y en las comunicaciones públicas dirigidas al ciudadano. Un documento estaría en lenguaje claro si su destinatario puede encontrar lo que necesita, entender la información de manera rápida y usarla para tomar decisiones y satisfacer necesidades.
Para el Poder Judicial se dispone la sentencia en formato de fácil lectura, que consiste en que el juez o tribunal de una causa, cualquiera sea su fuero o grado, al dictar sentencia, la debe acompañar con un texto en formato de fácil lectura.
Además, cuando el juez o tribunal lo considerasen necesario, podría explicar verbalmente a la persona con dificultad para la lectura y comprensión de textos el motivo, alcance y finalidad de la decisión contenida en la sentencia y de los recursos que tiene a su alcance para obtener su revisión.
"La sentencia de fácil lectura es complementaria y no reemplaza la sentencia dictada de acuerdo a las disposiciones de los códigos procesales", aclara la ley.
El proyecto estipula que el Poder Ejecutivo y el Legislativa deberán "crear o designar" su propia autoridad de aplicación dentro de los 120 días hábiles de entrada en vigencia la ley, mientras que el Superior Tribunal de Justicia será la del Poder Judicial. A su vez, indica que el Poder Ejecutivo "podrá" confeccionar un instructivo para la efectiva aplicación, al igual que las demás autoridades, acorde con el sector del Estado en el que se desenvuelven.