La Provincia deberá informar los dueños de las islas del Delta

Hubo un planteo de organizaciones ambientales por terrenos de las islas del Delta. La fiscal Barrandeguy criticó la documentación aportada por las autoridades.
28 de noviembre 2022 · 07:29hs

La Provincia deberá brindar toda la información que posea sobre los dueños de los lotes de las islas del Delta del Paraná, de acuerdo a una resolución de la fiscal de Coordinación de Paraná, María Aranzazú Barrandeguy.

La funcionaria judicial se pronunció así a favor del planteo de organizaciones ambientalistas para que el Estado entrerriano acceda a otorgar esa información, tal como lo publicó el portal ERA Verde el fin de semana.

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La resolución corresponde a un amparo ambiental que inició el Foro Ecologista de Paraná junto con la Asociación Civil por la Justicia Ambiental (AJAM). Las organizaciones reclamaron al Poder Judicial ante la no respuesta a un pedido de acceso la información pública.

El 7 de noviembre tuvo lugar una audiencia de partes convocada por la vocal de Cámara Contencioso Administrativo, Adriana Acevedo, entre las entidades ambientales y representantes del Estado para conocer la información sobre las tierras públicas y que están en usufructo privado en el Delta del Paraná.

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En ese encuentro los funcionarios plantearon que la información de la titularidad de tierras privadas es muy difícil de obtener porque no hay cómo individualizar cada plano e ir a cada registro de la propiedad. Señalaron que es una tarea muy compleja de difícil cumplimiento, pero se comprometieron a reunirla, según la crónica de esa reunión.

Días después, el 22 de noviembre, la representante del Ministerio Público Fiscal emitió su opinión a favor de la acción de amparo de acceso a la información. “Debe hacerse lugar a la acción, ordenándose al demandado a que presente la información requerida de manera sistematizada, clara y legible respondiendo cada uno de los puntos de modo secuencial, o agregando la documental que los esclarezca, más indicando con un índice el organismo que produjo los datos, la pertinencia de la documentación incorporada y cuál es el punto que se responde con su incorporación”, según el documento.

Además, sugirió que “salvo mejor criterio, se establezca un monitoreo progresivo y por etapas del cumplimiento de la acción, precisándose un plazo razonable a tales fines, luego del cual podrá convocarse a audiencia para que el Estado exponga las acciones llevadas a cabo, como así también las explicaciones necesarias para analizar la información colectada. Todo ello a los fines de no frustrar la efectividad de la sentencia”, se aclaró taxativamente.

Al fundamentar su opinión, la fiscal señaló: “El Estado dio lugar al litigio al no resolver o intentar resolver oportunamente y en sede administrativa el pedido; y porque una vez en el proceso tampoco ha presentado un plan puntual para responder cada uno de los puntos de información solicitados, mientras que la documentación agregada tampoco los evacua con claridad”.

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La postura del Estado

En otro párrafo, la representante del Ministerio Público Fiscal destacó: “Durante el devenir de la acción el Estado demandado ha manifestado, de manera constante y en cada oportunidad procesal que tuvo a disposición, su voluntad de cumplir con el otorgamiento de la información requerida, más su imposibilidad de concretar esta solicitud con inmediatez ante la complejidad de los datos interesados y la necesidad de dar intervención a diversos organismos públicos en orden a reunirlos”.

Luego refirió que el Estado negó que haya incurrido en una omisión ilegal y que incluso presentó documentación pero de una causa que se encuentra tramitando ante la Corte Suprema de Justicia y copia de distintos expedientes administrativos, divididos en 18 partes; un informe de la Dirección de Administración de Tierras Fiscales, en conjunto con la Dirección de Catastro y la Unidad de Control de Inmuebles. En este último se lee que “estos organismos elaboraron un plan para individualizar a los propietarios de las tierras de las Islas de Victoria, requiriendo un plazo de 30 días para concretarlo”.

Por otro lado, planteó que “transcurrió el plazo normativo no sólo sin que se hayan entregado los datos requeridos, más sin convocar a la parte actora a los fines de informarle de la complejidad y dificultades que su pedimento entrañaba, y proponer un plazo razonable para otorgarle lo pedido”.

Finalmente, cuestionó el modo en que el Estado presentó parte de la información. “No puedo dejar de señalar que acompañar los expedientes administrativos escaneados no califica precisamente como una respuesta completa, ordenada, sistematizada ni comprensible. En lo personal me ha resultado muy dificultoso analizar, por ejemplo, las 18 partes en las que se seccionaron los expedientes Nº 2.620.538 y Nº 2.706.503; piezas que se agregaron sin un índice, sin una referencia, y en la que si bien se aprecia información que puede ser de utilidad, esta aparece fragmentada y desconectada del pedido concreto de autos”, puntualizó la fiscal.

Y agregó que los expedientes no resultan claros ni legibles. “Es inocultable que el Estado no posee toda la información solicitada, la que sí tiene, pudo haber sido agregada de manera más asequible y amable al lector”, se quejó.

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