Cuestionan el impacto en animales y plantean si las jineteadas son compatibles con normas legales y sensibilidad social actual
10:19 hs - Domingo 29 de Marzo de 2026
Un caballo cae. No por accidente, sino por espectáculo. El público aplaude. Algunos se ríen. Otros miran para otro lado. Y todo ocurre bajo el amparo de la tradición. ¿Puede una práctica ser legal y al mismo tiempo profundamente injusta? ¿Hasta dónde llega la costumbre cuando entra en conflicto con el sufrimiento? Las jineteadas forman parte, para muchos, de una identidad cultural arraigada. Se las defiende en nombre de la historia, del campo, de lo “nuestro”. Pero también es cierto que toda sociedad evoluciona, y con ella, los límites de lo que considera aceptable. No hace tanto tiempo, otras prácticas hoy impensadas también eran justificadas como tradiciones.
Pero, ¿qué ocurre realmente en las jineteadas?
El animal es colocado en un estado de excitación y estrés previo. Se le ajustan elementos como la cincha y el pretal, y en muchos casos se utiliza la espuela por parte del jinete para provocar reacciones. El caballo, intentando liberarse, salta, corcovea, gira sobre sí mismo. No se trata de un comportamiento natural de juego o desplazamiento, sino de una respuesta defensiva frente a un estímulo que percibe como agresivo.
Ese esfuerzo brusco y sostenido puede generar lesiones musculares, caídas, golpes y un nivel elevado de estrés. La escena, que desde afuera se presenta como destreza o espectáculo, desde la perspectiva del animal es una situación de huida forzada.
No se trata de una hipótesis abstracta. En distintas fiestas tradicionales del país se han registrado episodios en los que caballos resultaron lesionados o murieron tras caídas durante la jineteada, generando incluso la intervención de asociaciones protectoras y debates públicos sobre la continuidad de estos eventos. Son hechos que, lejos de ser excepcionales, revelan los riesgos inherentes a la práctica.
Como abogada, aprendí a analizar los hechos desde la norma. Como ciudadana, me interpela cada vez más la distancia entre lo que la ley permite y lo que la sociedad empieza a cuestionar. En los últimos años, esa tensión comenzó a reflejarse también en los tribunales.
La jurisprudencia ha empezado –de manera incipiente pero significativa– a apartarse de una concepción estrictamente patrimonial de los animales. Fallos como “Sandra s/ hábeas corpus” o “Angelito” en la provincia de Entre Ríos marcaron un punto de inflexión al reconocer, en distintos grados, que los animales no humanos no pueden ser reducidos a la categoría de “cosas”, sino que merecen una protección jurídica acorde a su condición de seres sintientes.
En el ordenamiento Jurídico Argentino, por la Ley 14.346 Art 3° sanciona los actos de crueldad hacia los animales, incluyendo conductas que impliquen: “Inc. 7° Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por sólo espíritu de perversidad. E Inc. 8° Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales.”
La pregunta, entonces, no es solo cultural, sino también jurídica: ¿hasta qué punto prácticas como las jineteadas pueden considerarse compatibles con estos estándares de protección?
A nivel local, también se observa una evolución. La Justicia ha comenzado a reconocer la legitimación de asociaciones civiles para intervenir en defensa de intereses colectivos vinculados al ambiente y a la protección animal, en línea con el artículo 41 de la Constitución Nacional y la Ley General del Ambiente (25.675). Esto implica asumir que no se trata solo de un daño individual, sino de una problemática que compromete valores sociales más amplios.
En ese contexto, las jineteadas plantean una tensión evidente. No se trata de negar la cultura ni de desconocer la historia. Se trata de preguntarnos si toda práctica cultural merece ser preservada sin revisión. Y, sobre todo, si el entretenimiento puede justificar el dolor.
El argumento de la tradición no puede operar como un blindaje absoluto frente a cualquier cuestionamiento. El propio derecho ha demostrado —a lo largo del tiempo— su capacidad de revisar prácticas arraigadas cuando entran en conflicto con estándares más altos de protección y dignidad.
El derecho, muchas veces, llega después. Primero cambia la sensibilidad social, luego las preguntas, y finalmente las normas. Hoy estamos, quizás, en ese punto intermedio: donde todavía hay discusiones abiertas, pero ya no hay indiferencia.
Tal vez el verdadero debate no sea jurídico, sino ético. Tal vez la pregunta no sea qué está permitido, sino qué estamos dispuestos a seguir tolerando. Porque no todo lo que es tradición es justo. Y toda sociedad, en algún momento, debe animarse a revisar aquello que naturalizó durante demasiado tiempo.
*Por Juliana D´Arrigo/Especial para UNO
Columna de opinión