Asimismo, quedan expresamente prohibidas esas conductas en actividades masivas en la vía pública, ya sean manifestaciones populares, culturales, deportivas, sindicales, gremiales, políticas u otras similares, publicó Neo Net.
La norma, que entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2018, establece que "quedan excluidos de esta ordenanza los productos pirotécnicos lumínicos como juegos de luces sin sonido, cañas voladoras y estrellas que no sobrepasen los 55 decibelios permitidos".