La licitación del SEM en Paraná impulsa cambios, pero deja zonas grises en control, sanciones y tarifas. Advierten riesgos si falla el sistema.
07:13 hs - Miércoles 06 de Mayo de 2026
El municipio de Paraná lanzó la licitación para concesionar el Sistema de Estacionamiento Medido (SEM), en el marco de una estrategia orientada a modernizar la gestión del tránsito. El proceso abarca la provisión, operación y mantenimiento del servicio, con eje en la incorporación de tecnología y soluciones digitales para optimizar su funcionamiento.
Según el pliego, el nuevo sistema integrará aplicaciones móviles, plataformas de autogestión, fiscalización electrónica y un Centro de Monitoreo de Movilidad que permitirá administrar en tiempo real la circulación y el uso del espacio público. La propuesta apunta a mejorar la rotación vehicular en zonas críticas y ordenar el estacionamiento en sectores de alta demanda.
En rigor, el esquema no adopta criterios similares a los aplicados en grandes ciudades, donde la fiscalización y el cobro del estacionamiento están en manos privadas. Sin embargo, esa transferencia de funciones sensibles fuera de la órbita estatal no es neutra y exige controles particularmente estrictos que el pliego no termina de despejar. El antecedente indica que, cuando estos sistemas fallan, no solo se resiente la calidad del servicio, sino que también se diluye la inversión realizada, generando costos difíciles de revertir. Si bien un sistema eficiente podría mejorar la circulación urbana, optimizar la rotación de espacios –incluyendo la situación de los frentistas– y dinamizar la actividad comercial, esos resultados dependen de una implementación sólida que no está garantizada. Incluso la posibilidad de liberar a los inspectores municipales de las tareas de control del estacionamiento para enfocarlos en funciones específicas de tránsito aparece condicionada al desempeño del concesionario. En ese marco, la exigencia de antecedentes financieros, capacidad operativa y experiencia comprobable deja de ser un requisito formal para convertirse en un punto crítico: sin operadores con trayectoria real en sistemas de esta escala, el modelo corre el riesgo de quedar lejos de los estándares que pretende replicar.
Uno de los puntos centrales es la incorporación del personal actual al nuevo esquema, con la intención de sostener la experiencia acumulada y facilitar la transición hacia un modelo tecnificado. A su vez, el diseño económico establece que el concesionario percibirá un porcentaje de la recaudación, alineando incentivos entre eficiencia operativa y rendimiento del sistema.
Sin embargo, el análisis del pliego abre una serie de observaciones relevantes. Una de las principales discusiones gira en torno a la naturaleza del cobro: si bien el esquema prevé la percepción de un ingreso por el uso del espacio público, otros especialistas advierten que el municipio debería encuadrarlo formalmente como una tasa mediante el Código Tributario Municipal, en lugar de sostener la figura de “derecho”. Esta distinción no es menor, ya que define el marco jurídico, los criterios de actualización y los mecanismos de control.
El SEM en Paraná
En esa misma línea, el pliego establece que el valor inicial de la primera hora de estacionamiento será equivalente al 50% del precio de un litro de nafta súper del Automóvil Club Argentino de Paraná, con actualizaciones trimestrales basadas en el índice de precios al consumidor (IPC). A partir de allí, las horas subsiguientes tendrán una progresión creciente con un coeficiente de 1,25 hasta la tercera hora, que actúa como tope tarifario para el cálculo del costo total de la estadía. Este esquema introduce una lógica dinámica que busca acompañar la evolución de los costos, aunque también incorpora un componente de volatilidad atado a variables macroeconómicas.
Otro de los aspectos sensibles es el esquema de fiscalización. El pliego prevé que la provisión, soporte y operación del equipamiento tecnológico necesario para el control y sanción del sistema quede en manos de la empresa concesionaria. En ese marco, la figura del “fiscalizador del SEM” –definido como el personal encargado de verificar el cumplimiento, constatar infracciones, supervisar el uso de las dársenas y asistir a los usuarios– también corresponde a trabajadores de la firma adjudicataria.
A su vez, el pliego incorpora la denominada “tasa de actuación administrativa” vinculada a las sanciones del sistema, que contempla la generación de actas de deuda por falta de pago, la emisión de cédulas de notificación y la expedición de certificados para ejecución judicial. Este esquema refuerza el carácter recaudatorio del sistema sancionatorio y plantea la necesidad de un marco normativo claro que regule los procedimientos de infracción.
Para tener en cuenta
En este contexto, especialistas coinciden en que sería conveniente avanzar en una ordenanza específica que establezca con precisión el régimen de sanciones, los circuitos administrativos y las instancias de control, evitando zonas grises en la implementación del sistema.
No obstante, el diseño también expone tensiones estructurales. La concentración de funciones en el concesionario, la indefinición sobre la naturaleza jurídica del cobro y la dependencia de variables externas para la actualización tarifaria configuran un esquema que requerirá controles robustos. Sin una supervisión estatal efectiva y mecanismos claros de rendición de cuentas, el riesgo es que la modernización derive en una lógica predominantemente recaudatoria, en detrimento del objetivo central: ordenar el tránsito y mejorar la movilidad urbana.