El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó el sobreseimiento de dos inspectores de la Dirección General de Fiscalización de Entre Ríos, que habían sido denunciados por su supuesto accionar irregular durante un operativo de control al transporte de alimentos desarrollado en el túnel subfluvial.
Confirmaron sobreseimiento de inspectores alimentarios
Se trata de Oscar Rodríguez y Lucio Rodríguez, quienes fueron denunciados por el Frigorífico Bonnin por abuso de autoridad. La empresa consideró que los inspectores se extralimitaron en sus facultades de control al decomisar el cargamento de pollos que era trasladado desde Colón a Santa Fe.
El operativo se realizó el jueves 18 de setiembre de 2008 cerca de las 10. Allí, en el ingreso al Túnel, los funcionarios entrerrianos detectaron irregularidades en el certificado Sanitario emitido por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa). Los datos del camión y el chofer, que deben constar en el certificado, no eran correctos. Al parecer, mientras la empresa intentaba demostrar que se trataba de un error del Senasa, los funcionarios de la Dirección General de Fiscalización gestionaron una orden de apertura del camión en la Justicia y decomisaron la carga ante la presencia de un delegado judicial.
Una vez que concluyó el operativo de secuestro, llegó el fax del encargado de planta del Senasa en el frigorífico subsanando el error, pero ya era tarde.
Tercer fallo
Primero la jueza de Instrucción Patricia Yedro dictó el sobreseimiento de los inspectores por entender que actuaron conforme a las normas vigentes. Los querellantes apelaron el fallo y reclamaron el procesamiento de los funcionarios. La Sala I de la Cámara del Crimen rechazó la Apelación interpuesta por los representantes del frigorífico y ahora el STJ desestimó la Casación por entender que los inspectores actuaron conforme a lo establecido en las normas de procedimiento. Además, la querella cuestionó la sanción que la Provincia le aplicó a la empresa.
Los abogados del frigorífico consideraban que la resolución de Yedro era arbitraria porque había actuado durante el procedimiento autorizando la apertura del camión y luego resolviendo a favor de la actitud desplegada por los inspectores, que los abogados calificaron de abusiva por tratarse de una infracción corregida en tiempo oportuno.
El procurador general, Jorge García, consideró que la labor de los funcionarios acusados fue dentro de las normas potestativas de contralor de calidad alimentaria, y que ante la negativa de los denunciantes de abrir la carga, instaron la orden judicial de requisa, cuyo procedimiento se desarrolló con apego a las normas procedimentales, dice el fallo al que accedió UNO.
Los vocales de la Sala Penal del STJ entendieron que el accionar de Oscar Rodríguez y Lucio Rodríguez fue conforme a la función que desempeñaban. Sobre el cuestionamiento que hizo la querella contra la jueza Yedro, el STJ dijo que “dio cumplimiento al deber constitucional de fundar sus decisiones en base a los elementos probatorios recolectados en la causa, evaluados a la luz del Derecho aplicable, por lo que debe descartarse la sospecha de arbitrariedad levantada contra la misma”.