Concordia: inician sumario a un agente que faltó 60 días a trabajar

Un agente del hospital Ramón Carrillo de Concordia recibió un sumario administrativa y descuentos tras faltar 60 días a su puesto de trabajo.

18:54 hs - Miércoles 19 de Agosto de 2026

Un agente del hospital Ramón Carrillo de Concordia quedó formalmente sometido a un sumario administrativo luego de que se acreditaran 60 días de inasistencias durante 2024, según surge de un decreto firmado por el gobernador Rogelio Frigerio y publicado en el Boletín Oficial.

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Un agente del hospital Carrillo faltó 60 días a trabajar.

El hecho en Concordia

Se trata de Sixto José Solís, quien revista en un cargo de Categoría 03 del Personal Obrero y Maestranza del Escalafón General y presta funciones en el Centro Regional de Referencia “Doctor Ramón Carrillo” de Concordia.

El decreto Nº 2047, fechado el 14 de julio de 2026, dispone la instrucción del sumario por una serie de inasistencias que, de acuerdo con el detalle incorporado al expediente, se extendieron durante dos períodos de un mes cada uno.

El primer tramo comprende 30 días consecutivos, desde el 14 de agosto hasta el 12 de septiembre de 2024. El segundo abarca otros 30 días seguidos, entre el 12 de octubre y el 10 de noviembre de ese mismo año.

En total, el registro alcanza 60 jornadas sin asistencia, aunque entre ambos períodos existió un intervalo en el que no figuran inasistencias de las enumeradas en el decreto.

La situación no derivó solamente en el registro de las faltas. La administración provincial encuadró la conducta del agente, en forma presunta, en el artículo 71º, inciso a), de la Ley Nº 9755, que regula el empleo público provincial, y resolvió avanzar con una investigación administrativa para determinar las responsabilidades que pudieran corresponder.

El decreto también deja constancia de que el Ministerio de Salud ya puso en marcha un mecanismo para recuperar de los haberes del trabajador los montos correspondientes a los días de inasistencia.

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Según establece expresamente la norma, el Departamento Liquidaciones de la cartera sanitaria realizó el descuento de los haberes correspondientes a los días informados. La devolución se instrumenta “en cuotas mensuales consecutivas que no superan el 20% de sus haberes”.

Es decir, el descuento no se aplica de una sola vez, sino de manera mensual y con un límite del 20% del salario en cada período, hasta completar el monto correspondiente a las jornadas que no fueron trabajadas.

El propio decreto reconoce formalmente ese procedimiento y establece en su segundo artículo: “Reconócese el procedimiento llevado a cabo por el DEPARTAMENTO LIQUIDACIONES del MINISTERIO DE SALUD mediante el cual se procedió a realizar el descuento en los haberes del agente Sixto José SOLIS”.

Otro dato que surge del expediente es el tiempo transcurrido entre las inasistencias y la decisión de iniciar formalmente el sumario.

Las faltas que se les adjudica al agente del sistema sanitario

La última de las faltas detalladas corresponde al 10 de noviembre de 2024. El decreto que dispone la instrucción del sumario lleva fecha 14 de julio de 2026, es decir, casi un año y ocho meses después de la última jornada incluida en el registro.

En términos exactos, transcurrieron 611 días entre aquella última inasistencia y la firma del decreto.

No obstante, la norma no explica en el texto transcripto las razones de ese lapso ni permite determinar por sí sola cuándo comenzó la actuación administrativa que finalmente derivó en el decreto. Por eso, el período transcurrido constituye un dato del expediente, pero no permite atribuir responsabilidades por la demora sin contar con las actuaciones completas.

La apertura del sumario no implica, por sí misma, una sanción definitiva. El decreto dispone que las actuaciones sean remitidas a la Dirección de Sumarios de la Fiscalía de Estado, donde deberá continuar el procedimiento administrativo correspondiente.

La norma mantiene además vigente el régimen de sumarios administrativos previsto por la normativa provincial y establece que la investigación se realice conforme a ese procedimiento.

No obstante, el documento oficial no establece todavía una sanción disciplinaria definitiva para el agente: esa instancia quedará sujeta al resultado del sumario administrativo que ahora deberá tramitarse ante la Dirección de Sumarios de la Fiscalía de Estado.