Martes 15 de Enero de 2013
La Bolsa de Cereales de Entre Ríos, junto a las Bolsas de Cereales y los Mercados a Término del país, solicitaron una audiencia al titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, para reclamar una prórroga de 90 días en la entrada en vigencia del nuevo régimen de información y registración de las operaciones y, durante ese plazo, poder realizar reuniones de trabajo para encontrar “algunas alternativas que permitan cumplir con los objetivos perseguidos de la resolución, sin los riesgos que su aplicación implica”, se indicó.
Con el objetivo de evaluar alternativas que permitan cumplir con los objetivos perseguidos por la Resolución General N° 3421, publicada en el Boletín Oficial del 26 de diciembre de 2012, las Bolsas de Cereales y los Mercados a Término del país reiteraron un pedido de audiencia a Echegaray.
En tal sentido, las Bolsas de Cereales de Entre Ríos, Buenos Aires, Bahía Blanca y Córdoba; las Bolsas de Comercio de Rosario y Santa Fe, junto con el Mercado a Término de Buenos Aires (Matba) y el Mercado a Término de Rosario (Rofex) efectuaron el pasado 9 de enero una presentación a la AFIP en la que además se solicita una prórroga de al menos 90 días para la entrada en vigencia del nuevo régimen.
Según advirtieron las entidades, el nuevo régimen “constituye una complicación importante para la operatoria de los mercados de futuro, institucionalizados y no institucionalizados, que puede impactar seriamente en su volumen de negocios”.
Esta visión se funda en que los sujetos obligados por la norma son los propios contribuyentes del Impuesto a las Ganancias, en tanto que en otras actividades los agentes de información son intermediarios o prestadores de servicios (entidades financieras, agentes y sociedades de bolsa, administradoras de tarjeta de crédito, entidades autorizadas a operar en cambios, entre otros).
Desde las entidades consideraron que “muchos de los sujetos que realizan operaciones de futuro y opciones (productores agropecuarios, acopios, cooperativas, molinos, aceiteras, etcétera), en particular cuando se trata de pequeñas y medianas empresas, no cuentan con una estructura y organización administrativa que les permita cumplir con la obligación de registrar cada operación, en forma directa a través de transferencia electrónica al sitio web del organismo mediante el uso de su clave fiscal”.
Asimismo, entendieron que el objetivo de la AFIP de contar con datos respecto de los negocios de derivados podría lograrse a través de información suministrada por los propios Mercados u otros actores.
En relación a las operaciones de derivados llamadas “forward”, las Bolsas y Mercados a Término, consideraron que “es necesario aclarar que dentro de estas operaciones no se incluyen los contratos forwards de granos, ya que los mismos son operaciones estrictas de compraventa y no de cobertura, que desde el año 2009 ya se registran ante la AFIP conforme lo establece la RG 2596 y sus modificatorias”.