Premio Fray Mocho: convocatoria para el consurso literario
La Secretaría de Cultura de la Provincia de Entre Ríos abrió la convocatoria 2024 para el Premio Fray Mocho

Miércoles 28 de Febrero de 2024

La Secretaría de Cultura de la Provincia de Entre Ríos llama a concurso para otorgar el Premio Fray Mocho en el género Cuento Inédito. Se recibirán trabajos hasta el viernes 28 de junio de 2024. En tanto, el dictamen del jurado y apertura de sobre ganador será realizada y comunicada el viernes 25 de octubre de 2024.

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Según el artículo número 5° del reglamento, para concursar deberá presentarse un conjunto de cuentos, originales e inéditos, es decir que no podrán registrar difusión total o parcial por los medios de comunicación masiva con anterioridad o mientras dure el trámite del concurso, según lo establece el artículo 3 de la Ley 7823. Además, deberán tener una extensión mínima de 60 páginas y un máximo de 100 páginas. El tema será libre. El Jurado estará integrado por tres miembros de reconocidos antecedentes literarios y serán designados por la Secretaría de Cultura.

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Los trabajos deberán ser remitidos únicamente por pieza postal certificada con la siguiente leyenda: Premio Literario Anual Fray Mocho Cuento 2023 (sí, 2023) Secretaria de Cultura de la Provincia de Entre Ríos, calle Gardel 42 en Paraná, Entre Ríos, sin colocar remitente o número de documento u otra señal que identifique al autor de la obra enviada. El Premio es la máxima distinción literaria de la región otorgada por el gobierno provincial, accediendo la obra ganadora a una edición de 1.000 ejemplares por parte de la Editorial Entre Ríos, de los cuales 200 se entregan sin cargo al autor. Pueden participar autores entrerrianos nativos u oriundos de otros lugares del país y argentinos naturalizados con una residencia mínima de cinco años en la provincia. El Fray Mocho tiene continuidad mediante convocatorias anuales, con rotación de distintos géneros literarios y de acuerdo con el siguiente ordenamiento: teatro, poesía, cuento, novela y ensayo. Este criterio fue establecido según Ley Nº 7.823 y su Decreto Reglamentario Nº 2.967/87 GOB.