Telefonía, internet y TV aumentarán un 9,80% en febrero
Enacom autorizó a las empresas de telefonía, internet y TV a aplicar aumentos de hasta 9,80% en febrero y hasta 7,80% en abril

Jueves 29 de Diciembre de 2022

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó a las empresas prestadoras de servicios a aplicar aumentos de hasta 9,80% en febrero y de hasta 7,80% en abril para los servicios de telefonía, internet y televisión.

El anuncio fue publicado en la resolución 2393/2022 del Boletín Oficial de este jueves. Enacom estableció que las licenciatarias podrán aplicar los incrementos en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes a partir del 1° de febrero del año próximo. Esto incluye cualquiera de los planes en las modalidades pospagas y mixtas.

Según indicó el ente, se tuvieron en cuenta "el contexto económico y las dificultades que se atraviesan para todos los actores involucrados, prestadoras y público usuario", según se señala en los considerandos de la resolución. Asimismo, el aumento se fundamentó en "los mayores costos y el impacto de las oscilaciones de las principales variables económicas en la operativa de las licenciatarias" como costos del personal, conectividad, programación e inversiones de infraestructura en moneda extranjera.

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La medida se toma con el objetivo de garantizar acceso a Internet y a nuevas tecnologías en toda la Argentina

Los últimos aumentos se realizaron en octubre y diciembre. El ente regulador autorizó aumentos de hasta 19,8% y 9,8% respectivamente, que se sumaron a otros dos incrementos de 9,5% que fueron aplicadas en las facturas desde el 1° de mayo y el 1° de julio respectivamente.

La normativa indicó que cualquier incremento aplicado por las Licenciatarias de Servicios de TIC o DTH (TV Satelital) que supere dichos topes deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago. En el caso de que el usuario elija no abonar su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras no podrán suspender el servicio ni computar mora sobre esas facturas.

La resolución