Tal cual habían adelantado legisladores del ahora denominado bloque de Encuentro Federal al cabo de la frustrada sesión del miércoles, diputados de la oposición pidieron una sesión para la próxima semana para rechazar el DNU que otorgó 100.000 millones de pesos en gastos reservados a la nueva SIDE.
SIDE: Pedro Galimberti y otros diputados piden sesión para rechazar DNU
Diputados de la oposición impulsan la movida justo en la fecha que legalmente están habilitados para llevar al recinto el tema de la SIDE
Con la firma de diputados de Encuentro Federal (EF), la UCR y la Coalición Cívica, la sesión fue solicitada para el próximo jueves 15 de agosto a las 10, con el objetivo de que la Cámara de Diputados rechace el DNU 656/2024 que dispuso el otorgamiento de 100 mil millones de pesos en concepto de gastos reservados para la nueva Secretaría de Inteligencia del Estado.
El pedido de sesión fue firmado por Nicolás Massot (EF), Emilio Monzó (EF), Facundo Manes (UCR), Juan Manuel López (CC), Carlos Gutiérrez (EF), Fernando Carbajal (UCR), Natalia de la Sota (EF), Maximiliano Ferraro (CC), Margarita Stolbizer (EF), Marcela Coli (UCR), Mónica Fein (EF), Pablo Juliano (UCR), Alejandra Torres (EF), Pedro Galimberti (UCR), Manuel Aguirre (UCR) y Jorge Rizzotti (UCR).
Fuentes de Unión por la Patria habían adelantado también el miércoles a la prensa parlamentaria su disposición a apoyar una movida de ese tipo para rechazar el decreto de necesidad y urgencia. Solo esperaban que desde los bloques considerados “dialoguistas” lo pidieran si desde el oficialismo no se mostraba disposición para un próximo tratamiento durante la reunión de la Bicameral de Trámite Legislativo que se reunió este jueves.
Se eligió esa fecha porque el miércoles 14 se cumplen los diez días que establece la ley que rige los DNU para que la comisión se expida, pasados los cuales los legisladores tienen potestad para llevar su tratamiento al recinto.
La ley 26.122 lo establece en su artículo 19, que dice lo siguiente: “La Comisión Bicameral Permanente tiene un plazo de diez días hábiles contados desde la presentación efectuada por el jefe de Gabinete, para expedirse acerca del decreto sometido a su consideración y elevar el dictamen al plenario de cada una de las cámaras”.
El artículo 20 plantea que “vencido el plazo a que hace referencia el artículo anterior sin que la Comisión Bicameral Permanente haya elevado el correspondiente despacho, las cámaras se abocarán al expreso e inmediato tratamiento del decreto de que se trate de conformidad con lo establecido en los artículos 99, inciso 3 y 82 de la Constitución Nacional”, publicó Parlamentario.