La Justicia Federal, en una decisión de este miércoles por la tarde, revocó el beneficio de la prisión domiciliaria al exvicepresidente Amado Boudou, aunque determinó que no volverá a prisión hasta que quede firme la resolución.
Revocan la domiciliaria de Boudou pero no volverá a prisión
La decisión del juez federal Ricardo Basílico fue adoptada en el marco de la condena a cinco años y diez meses de prisión que recibió Bouduou en la causa por la venta de la ex-Ciccone Calcográfica.
La semana pasada, Amado Boudou solicitó continuar bajo el régimen de prisión domiciliaria, a través de sus abogados, en el marco de una audiencia encabezada por el juez Basílico, quien se encuentra a cargo de la ejecución de la condena que le impuso el Tribunal Oral Federal (TOF) 4 al exfuncionario.
El abogado de Boudou, Alejandro Rúa, manifestó durante la audiencia que lo único que cambió desde que el exministro de Economía pasó a prisión domiciliaria es que su condena quedó firme, algo que, según expuso, no alcanza para modificar la modalidad de encierro.
En la audiencia participaron, además del fiscal de juicio Marcelo Colombo, que reclamó por el regreso de Boudou a prisión, un defensor de menores y una psicóloga que centraron sus exposiciones en el interés superior del niño, dado que el exfuncionario es padre de mellizos de poco más de dos años.
La audiencia había sido convocada después de que la Cámara Federal de Casación anulara por "vicios procesales" el fallo que revocó la prisión domiciliaria de Boudou y ordenara al Tribunal que lo condenó en el caso Ciccone realizar una audiencia oral entre todas las partes, antes de volver a tomar una decisión.
Finalmente, este miércoles Basílico rechazó los argumentos de la defensa de Amado Boudou, porque a su criterio la situación actual de la familia del exvicepresidente “no revela la existencia de un escenario de desamparo” para los hijos. “Debe ponderarse que los niños están al cuidado de su madre, gozan de buena salud, poseen una vivienda con el suficiente espacio para poder desarrollarse y crecer en un ámbito seguro y acorde a su nivel sociocultural”, sostuvo.
“Con lo expuesto, para nada se pretende negar la existencia de un menoscabo afectivo de los niños al no poder convivir con su padre o visitarlo en la unidad penitenciaria donde se lo alojaría en virtud de la pandemia del Covid-19 que todo el país viene sufriendo, mas esta circunstancia no pude ser subsanada por este Tribunal por medio de la aplicación incorrecta de los arts. 10 del C.P. y 32 de la ley 24.660″, concluyó en referencia a los motivos que establece la ley para otorgar la prisión domiciliaria.