El Senado nacional aprobó por 41 votos a favor y 28 en contra el proyecto de ley que protege los ecosistemas de los incendios accidentales o intencionales y prohíbe la venta de terrenos incendiados en plazos que van de 30 a 60 años, para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios.
El Senado aprobó los cambios a la Ley del Manejo del Fuego
La iniciativa fue impulsada en Diputados por el presidente del bloque del Frente de Todos, Máximo Kirchner, y recibió el rechazo del interbloque de la oposición de Juntos por el Cambio por considerar que afecta a los productores agropecuarios.
El proyecto sancionado reforma la Ley 26.815 de Manejo del Fuego y establece que "no se podrá cambiar el uso de esas zonas (donde hubo incendios) para emprendimientos inmobiliarios o cualquier actividad agrícola que sea distinta al empleo y destino que la superficie tuviera como habitual al momento del incendio".
El texto remarca que ese uso no podrá ser modificado por el término de 60 años para que "los bosques nativos o implantados, áreas naturales protegidas y humedales" tengan garantizadas las "condiciones para la restauración de las superficies incendiadas"
En esos plazos "no se podrán realizar en los bosques naturales o implantados la división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, de tierras particulares".
En el caso de que se trate de una zona agrícola donde hubo incendios, se impone una limitación de 30 años. Tampoco se podrá "hacer cualquier actividad agrícola que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio".
Grandes fortunas
El Senado comenzó el tratamiento del Aporte Solidario y Extraordinario de patrimonios superiores a los 200 millones de pesos, con el cual el oficialismo busca atenuar los efectos de la pandemia de coronavirus a través de la recaudación de $300 mil millones para volcar a planes productivos y sanitarios.
La iniciativa prevé el cobro de 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado hasta la fecha de la promulgación de la ley más de 200 millones de pesos.
Esa tasa se elevará al 2,25% en casos bienes por entre 300 y 400 millones de pesos, al 2,50% entre 400 y 600 millones y al 2,75% cuando sea de 600 a 800 millones.
La tasa subirá al 3% cuando los patrimonios oscilen entre 800 millones y 1.500 millones; al 3,25% para el rango de 1.500 a 3.000 millones de pesos, y a partir de esa cifra será del 3,5%.