Corrupción: confirman que Báez debe pagar $632 millones

El Tribunal mantuvo la caución para el empresario Lázaro Báez por delitos de corrupción y lavado de dinero. Se demora el beneficio otorgado
17 de julio 2020 · 18:19hs

El Tribunal Oral Federal 4 rechazó el pedido para la reducción de la fianza fijada al empresario detenido Lázaro Báez, de manera que deberá depositar $632,5 millones de pesos como condición para obtener el arresto domiciliario en el marco de una causa que se le sigue por corrupción, puntualmente, lavado de activos.

Tras el pedido de la defensa de Lázaro Báez, el Tribunal negó la solicitud de bajar la cifra de la caución por considerarla "imposible" de pagar.

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Luego de más de 4 años de prisión preventiva, el empresario santacruceño podrá salir de la cárcel de Ezeiza para continuar con el cumplimiento en su domicilio previo, solo sí efectúa el pago del monto de la fianza fijada que afirma no poder solventar.

La defensa había sugerido reducir el monto al señalar que Báez no tiene medios propios para pagar la caución, ya que están embargados en las múltiples causas en los que es investigado.

Además negaron la petición del fiscal Abel Córdoba, quien había sugerido reducir la caución a 386 millones. El fiscal se manifestó de acuerdo con fijar a Lázaro Báez el pago de una suma concreta para concederle la excarcelación ordenada en la Cámara Federal de Casación pero estimó que mientras se tramitan las apelaciones al respecto, debería dársele el arresto domiciliario a ser cumplido en una propiedad de un barrio cerrado en Pilar.

El fiscal había establecido que la caución debía ser de 5,5 millones de dólares, pero al hacer la conversión a pesos tomó en cuenta el dólar oficial, por eso la reducción propuesta en relación al monto fijado por el Tribunal, que tomaba el blue.

"En la actual vida económica de nuestro país no existe una única conversión del peso argentino con relación a la moneda estadounidense y como ejemplo de ello podemos mencionar al dólar oficial, dólar minorista, dólar Banco Nación, dólar BCRA, dólar mayorista o intercambiario, dólar financiero, dólar MEP o dólar Bolsa, dólar turista o tarjeta, entre otros, como así también que al momento de fijarse el monto finalmente establecido lo fue estrictamente de acuerdo a lo peticionado oportunamente por el acusador público", consideró el Tribunal.

Los magistrados además aclararon que tuvieron en cuenta el valor del dólar MEP (Medio Electrónico de Pago), pues se ajusta a "parámetros exigibles de proporcionalidad y suficiencia para garantizar el sometimiento al proceso por parte del acusado Báez y asegurar sus fines, en el marco de un proceso judicial complejo por el delito de lavado de activos, que aún se encuentra en cierne y cuya fecha de realización no se encuentra definida".

Por otro lado, los jueces detallaron a los abogados de Lázaro Báez que la posibilidad de un seguro de caución está contemplada y que no amerita la consulta.

Por último, los jueces desestimaron de plano el pedido de los abogados de Báez, acompañado por el fiscal Córdoba, de darle la prisión domiciliaria igualmente a Báez mientras está en discusión el monto de la caución.

Ante la situación del coronavirus y siendo Lázaro Báez de grupo de riesgo por tener más de 60 años sumado a problemas de salud, los jueces dispusieron actualizar un informe que en marzo le permitió alcanzar la prisión domiciliaria de la mano del juez Sebastián Casanello en otra causa por lavado de dinero por la compra del campo "El Entrevero" en Uruguay.

También solicitaron actualizar el estado de salud del empresario y "la situación socio-ambiental con relación al domicilio denunciado y viabilidad del mismo, determinación de la persona allegada o familiar que habrá de actuar como garante y como responsable de su asistencia personal, alimentaria y médica, información respecto al acceso a la salud -obra social y/o prepaga- que posea y lugar donde concurriría ante una situación de emergencia, determinación registral de la propiedad aportada y eventual autorización de su titular para el uso a los fines ofrecidos".

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