Martes 06 de Diciembre de 2022
El Tribunal Oral Federal 2 condenó este martes a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner a 6 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de Administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública con la obra pública en Santa Cruz. A su vez, ordenó el decomiso de más de 84 mil millones de pesos a los condenados.
El Tribunal también condenó a 6 años de prisión al empresario Lázaro Báez y a la misma pena al exsecretario de Obras Públicas José López, además de la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicas por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del erario público.
Por otro lado, la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, Lázaro Báez, José López y Nelson Periotti fueron absueltos del delito de asociación ilícita por el que habían sido acusados.
A su vez, los jueces decidieron absolver a Julio De Vido y a otros acusados, de acuerdo con el artículo 530 del Código Procesal de la Nación, en la investigación por la administración de la obra pública en Santa Cruz.
Una vez conocida la sentencia, Cristina Fernández comenzó una transmisión en vivo a través de sus redes:
La sentencia fue dictada por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, en decisión unánime para la condena por administración fraudulenta. En cambio, para la absolución por asociación ilícita Basso votó en disidencia.
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Primeros fundamentos
“Tenemos la certeza de que, mediante la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional en los términos y condiciones establecidos por la ley penal”, sostuvo el tribunal en un breve comunicado tras leer el veredicto.
"Este tribunal no ha juzgado en sí misma la decisión de aquel gobierno nacional (períodos 2003-2007 y 2007-2015) de implementar una gestión de desarrollo vial marcadamente favorable para la Provincia de Santa Cruz (en comparación con lo que había sido hasta entonces la historia vial del país), ni la oportunidad, mérito y conveniencia de esa política pública. Aquellas cuestiones, a nuestro modo de ver, a priori integran la categoría de cuestiones políticas no justiciables, ajenas al ámbito del control jurisdiccional y privativas de otros poderes constitucionales que conforman la república", expresaron los magistrados.
"El análisis que hemos realizado se circunscribe, en concreto, a la forma en que se ha implementado esa política pública. En ese sentido, la evidencia ha demostrado que durante ese período las obras viales licitadas en esa provincia fueron sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas al imputado Lázaro Antonio Báez, grupo cuya conformación y crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción", subrayaron.
Afirmaron también que los funcionarios "omitieron deliberadamente velar por los principios básicos de transparencia y competencia propios de los procesos licitatorios; han sido condescendientes con las empresas del grupo Báez para que éstas resultaran adjudicatarias de la mayoría de las obras viales licitadas en Santa Cruz en el segmento temporal aludido (incluso cuando no cumplían con las condiciones necesarias para serlo); omitieron controlar suficientemente lo actuado por las contratistas como así también supervisar mínimamente el avance de las obras; y, además, han tratado en forma preferencial a las sociedades del grupo, proveyéndolas de canales exclusivos y privilegiados de cobro (ya sea garantizando adelantos financieros permanentes o a través de pagos anticipados de certificados de obra)".
El comunicado completo
Los fundamentos del veredicto serán dados a conocer el 9 de marzo del año próximo, fecha a partir de la cual las partes podrán presentar sus apelaciones.
La sentencia quedará firme cuando se hubieren agotado todas las instancias, es decir, cuando la Corte Suprema responda a todos los planteos que le lleguen. Por lo tanto, la prisión no se hará efectiva hasta entonces, como tampoco la prohibición de ejercer cargos públicos.
Las penas
Además de la pena contra Cristina, el TOF 2 también condenó al empresario Báez a 6 años de prisión como partícipe necesario de administración fraudulenta, en tanto que al exsecretario de Obras Públicas, José López, y al exdirector de Vialidad Nacional, Néstor Periotti, les dictó la misma pena como coautores del delito, por lo que también dispuso en relación a ellos su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
De los 13 imputados por este caso hubo tres que fueron absueltos: el exministro de Planificación Federal Julio De Vido, el exsubsecretario de Obras Públicas Abel Fatala y el expresidente de la Administración General de Vialidad Provincia de Santa Cruz (AGVP), Héctor Garro.
En tanto, el exsubsecretario de Coordinación de Obra Pública Federal Carlos Santiago Kirchner resultó sobreseído por extinción de la acción penal. Había sido acusado por supuesto incumplimiento de deberes de funcionario público.
Mauricio Collareda y José Raúl Santibañez fueron condenados a 4 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos; Raúl Olsvaldo Daruich, a tres años y seis meses de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos; Raúl Gilberto Pavesi a cuatro años y seis meses de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos; Juan Carlos Villafañe a 5 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
El fallo completo
Seguridad
El edificio de Comodoro Py 2002 amaneció con fuertes medidas de seguridad, doble vallado, sólo un acceso habilitado y dos centenares de policías destinados a la custodia.
También se destinó en el lugar a la Brigada de Explosivos y perros labradores recorrieron la sala de audiencias que desde las 9.30 los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu destinaron a la audiencia para escuchar las últimas palabras del acusado expresidente de Vialidad Santa Cruz Juan Carlos Villafañe y en la que anunciaron el veredicto para las 17.30.
La última audiencia del juicio abrió puntual a las 9.30 luego del ingreso a la sala de los tres jueces, custodiados por policías asignados a la seguridad de Comodoro Py y sin formular declaraciones a la prensa.