ARCA reducirá el porcentaje del pago a cuenta para bienes personales y ganancias

La nueva normativa se aplicará a los planes presentados desde el 1 de mayo próximo. ARCA redujo el porcentaje del pago requerido al adherir a los planes

Martes 29 de Abril de 2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó las condiciones de adhesión a los Planes de Facilidades de Pago permanentes. A través de la Resolución General 5681/25, que será publicada en el Boletín Oficial, el organismo redujo el porcentaje del pago a cuenta obligatorio para planes por deuda de impuestos anuales, permitiendo financiar una mayor parte.

La medida tiene por objetivo optimizar la administración tributaria y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales correspondientes a los impuestos a los Bienes Personales y Ganancias.

De esta manera, según el tipo de contribuyente el pago a cuenta obligatorio a ingresar al momento de la adhesión quedó de la siguiente manera:

Tipo de contribuyente Pago a cuenta antes Pago a cuenta ahora
Pequeños Contribuyentes, Micro y Pequeñas Empresas, Entidades sin fines de lucro 25% 17%
Medianas Empresas Tramo 1

25%

23%

Medianas Empresas Tramo 2

30% 23%
Demás Contribuyentes 35% 28%

Los requisitos para la adhesión

Para adherir a los planes de facilidades de pago se deberá ingresar a “Mis Facilidades”, opción “RG 5321 - Plan de Facilidades de Pago Permanente”. Se puede consultar esta guía de solo 7 pasos https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiaspasopaso/VerGuia.aspx?id=461

Asimismo, los contribuyentes deberán completar ciertos requisitos:

  • Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
  • Declaraciones juradas presentadas.
  • CUIT activa.
  • CBU informada.