La Ley de Emergencia Solidaria que la Legislatura entrerriana sancionó esta semana incluyó modificaciones tributarias y también en el porcentaje de los aportes que un sector de los activos y jubilados provinciales deberán realizar por un año.
Cuáles son los sectores que aportarán por la ley de emergencia sancionada esta semana
En este segundo aspecto hubo confusiones respecto de los porcentajes, a juzgar por publicaciones en redes sociales y consultas que recibieron muchos medios de comunicación.
El jueves, el Senado completó la sanción de la iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo, después de que el miércoles la Cámara de Diputados le diera media sanción al proyecto, que tiene como objetivo el cumplimiento de las obligaciones del Estado en un marco de una crisis mundial sin precedentes, según señalaron funcionarios y legisladores del oficialismo.
¿Quiénes deberán aportar?
Según establece el texto, el estado de emergencia se extenderá hasta el 30 de junio de 2021, con posibilidad de prórroga por 180 días.
Aprobada la norma, se aumentará la presión tributaria al sector financiero, que no se resintió durante la pandemia. Asimismo las droguerías, a las cuales Entre Ríos tenía gravadas con el 1,6%, pasarán a tributar el 4%, con excepción de la actividad realizada por micros o pequeños contribuyentes o cooperativas.
Por otra parte, se establece que las extensiones que superan las 1.000 hectáreas (que representan el 3% del total) deberán realizar un aporte extraordinario equivalente al 10% del Impuesto Inmobiliario anual.
Los incluidos
La ley de emergencia alcanza a funcionarios políticos, legisladores y a los jueces y funcionarios del Poder Judicial. De acuerdo a lo que establece la ley, el 85% de los empleados de la administración pública no tendrán nuevos descuentos en sus salarios, ya que el aporte contributivo aumentará progresivamente a partir de los sueldos de 75.000 pesos en adelante, alcanzando la medida al 15% de la planta de personal.
Hubo confusión en cuanto algunas personas interpretaron que la escala del aporte de los activos oscilaba entre 18% y 24% porque contabilizaban el aporte del 16% que durante toda su vida laboral realizan los trabajadores entrerrianos a la Caja de Jubilaciones provincial.
El aporte que los trabajadores del Estado provincial realizan durante su vida activa del 16% a la Caja no se modifica para nadie. Y el 85% seguirá realizando solo ese aporte de ley.
El 15% restante de los trabajadores, una vez realizado el aporte habitual del 16% realizarán una contribución extra del 2% cuando su sueldo sea entre 75.000 y 100.000 pesos; del 4% quienes cobran entre 100.000 y 200.000 pesos; y del 6% quienes cobren de 200.000 pesos en adelante.
Los activos alcanzados
Si se analiza la planta total del Estado provincial, el 60% está constituido por docentes y personal de salud. En esos dos rubros la ley deja afuera al 90% de los docentes aproximadamente, alcanzando al 3.600 personas. Mientras que del personal de salud se estima que alcanza al 6% del total aproximadamente.
De los funcionarios y legisladores, el universo alcanzado llega al 93,41% comprendiendo al total de los legisladores provinciales y dejando fuera a algunos funcionarios de la denominada cuarta línea del Poder Ejecutivo.
En cuanto al Poder Judicial, el 86,24% de sus integrantes son alcanzados por el aporte solidario; y en el Tribunal de Cuentas, el 99,25% deberá realizarlo.
Los jubilados
Respecto de los pasivos, el 85% no deberá realizar ningún aporte, ya que la Emergencia Solidaria alcanza al 15% de ese universo.
La escala incluida en la ley aprobada la semana pasada determina que quienes cobren hasta 75.000 pesos de haber jubilatorio estarán exentos
Desde los 75.000 pesos y hasta los 100.000 aportarán a un fondo un 4%; luego contribuirán con un 6% quienes cobran una jubilación de 100.000 pa 200.000 pesos; y con 8% quienes ganen entre 200.000 y 300.000 pesos. Y finalmente lo harán con un 10% los titulares de beneficios mayores a 300.000 pesos.
Impacto en Ganancias
Para aquellos que son comprendidos por los parámetros fijados en la nueva ley, el aporte solidario reduce el monto sobre el cual se calcula el pago del Impuesto a las Ganancias.
Por ejemplo, a un trabajador activo o jubilado que cobra 100.000 pesos de haber mensual le corresponderá un aporte adicional del 2%, es decir 2.000 pesos; pero como ese aporte mayor a la Caja de Jubilaciones disminuye la retención del Impuesto a las Ganancias, la incidencia final terminará siendo del 1,62%, es decir 1.620 pesos.
En el caso de un sueldo de 300.000 pesos o superior, en los cuales el aporte solidario es de seis puntos porcentuales, corresponde realizar una detracción de 18.000 pesos. Pero al reducirse la base de cálculo del tributo a las Ganancias, para esa persona el impacto será de 11.700 pesos.
Esta situación no se verificará en el caso de los sueldos de los miembros del Poder Judicial, quienes están exentos del pago de Ganancias, una situación de privilegio que recurrentemente genera polémicas. Y como ese sector es el que ostenta los mayores salarios y jubilaciones, el impacto es mayor en sus haberes, que en el caso de algunos magistrados y jubilados incluso duplican el escalón más alto de los 300.000 pesos.
Paritarias
Se establece que ningún poder del Estado ni ente descentralizado, va a poder otorgar aumentos salariales parciales que estén fuera de las paritarias provinciales. Todos los aumentos estarán supeditados a lo que acuerden en paritarias el gobierno con los gremios.