Córdoba: murió una mujer Testigo de Jehová tras negarse a una transfusión
Bárbara Falcón murió en un hospital luego que la Justicia rechazara una medida cautelar interpuesta por su padre.

Martes 13 de Mayo de 2014

Una mujer de 30 años, practicante del culto de los Testigos de Jehová, murió este martes por la mañana en un hospital de la ciudad de Córdoba a causa de una úlcera intestinal tras negarse por escrito a recibir una transfusión de sangre.

El deceso de Bárbara Falcón se produjo a las 6:30 en el Hospital San Roque, luego que la Justicia de Córdoba rechazara una medida cautelar interpuesta por su padre para que se ordenara la transfusión.

El juez en lo Civil y Comercial de 19° Nominación, Marcelo  Villarragut, rechazó la medida cautelar al considerar que la mujer, siendo mayor de edad, había suscripto ante escribano público su voluntad de no realizarse transfusiones de sangre por cuestiones religiosas, según la información difundida por el sitio del diario La Voz.

La decisión se basó en dos precedentes dictados por la Corte  Suprema de Justicia, el "Caso Albarracín", de 1993, y el "Caso  Bahomondez", de 2012, en ambos casos con pacientes que pudieron  recuperarse sin necesidad de realizarse transfusiones.

El director del Hospital San Roque, Daniel Fernández, indicó  que Falcón llegó al hospital con una "patología digestiva" y  "pérdida de sangre".

"Médicamente consideramos que era indispensable la  transfusión", sostuvo el médico, que señaló que se informó sobre  esa situación a la familia.

No obstante, el profesional dijo que en el centro asistencial  fueron "respetuosos" con la decisión que había manifestado la  chica por escribano para que no le realicen la operación.  Al rechazar la medida interpuesta por el padre de la mujer, el  juez Villarragut enfatizó que constituía "un derecho personalísimo e inviolable de la paciente el de decidir del modo en que lo hizo".

Sostuvo que de acuerdo con el artículo 19 de la Constitución  Nacional protege "los actos autorreferentes y otorga al individuo un ámbito de libertad en el cual puede adoptar decisiones acerca de su persona, en tanto las mismas no violen derechos de terceros, debe respetarse la voluntad de la paciente, prestada previamente de la forma mencionada, para priorizar su derecho inviolable a la autodeterminación, sus creencias religiosas y su dignidad".

Fuente: NA